Subvenciones para el ejercicio 2025, destinada a colectivos vulnerables, al amparo de la Ordende 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.

Código de ayuda:

S32173/25

Norma:

Resolución de 19 de noviembre de 2025. Orden de 29 de septiembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 09:00 horas del 27 de noviembre de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es promover la atención personalizada de personas pertenecientes a colectivos vulnerables y de personas jóvenes, a través de la participación en proyectos integrales que ofrezcan orientación laboral y formación, y que promuevan la inserción laboral, así como el acompañamiento en el empleo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Acciones para la atención: La cantidad a percibir por persona atendida será de 3.500 euros. En esta cuantía se incluye la cantidad de 528 euros en concepto de incentivo a la participación, para aquellas personas participantes que alcancen la consideración de persona atendida conforme a lo establecido en el apartado 5.a).4 del cuadro resumen.
Se subvencionarán el 100% de las acciones.

b) Acciones para la inserción: La cantidad a percibir por persona insertada, por cuenta ajena o que inicie una actividad emprendedora por cuenta propia, será de 2.500 euros siempre que cumpla los requisitos para ser considerada persona insertada descrita en el mismo apartado 5.a).4 del cuadro resumen.
Se subvencionarán el 40% de las acciones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades de formación, inscritas como tales en el Registro Estatal, o Autonómico, de Entidades de Formación.

b) Las entidades sin ánimo de lucro, inscritas en el registro que corresponda en su caso.

c) Las empresas de inserción, definidas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, e inscritas en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción, conforme a lo previsto en el artículo 5.b) de esta ley.

d) Las corporaciones locales y entidades locales autónomas andaluzas, así como las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, siempre que las actuaciones se realicen en el marco de la colaboración público-privada con empresas donde se lleve a cabo la inserción laboral.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos integrales se compondrán de acciones para la atención, entre las que se incluirán las actuaciones de orientación laboral y las de formación, y acciones para la inserción que contemplan las actuaciones de orientación para el empleo y las de prospección en el mercado de trabajo:
a) Acciones para la atención
b) Acciones para la inserción

Documentos asociados

Boletín: 05/10/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 192
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/11/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 224C1
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 20/11/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 224C1
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento