Subvenciones para el doblaje y la subtitulación en catalán de largometrajes y para la subtitulación en catalán de series, para plataformas digitales y en soporte físico.

Código de ayuda:

S11964/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/962/2021, de 1 de abril. RESOLUCIÓN CLT/3216/2020, de 8 de diciembre. RESOLUCIÓN CLT/198/2021, de 29 de enero. RESOLUCIÓN CLT/1018/2021, de 9 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover el doblaje y la subtitulación en catalán de largometrajes, así como la subtitulación en catalán de series, que se distribuyen a través de plataformas digitales de contenidos audiovisuales y/o en soportes físicos (DVD, Blu-ray, etc.).

Se entiende por serie la obra audiovisual de ficción seriada con una duración global mínima de 90 minutos.

Se entiende por plataforma digital de contenidos audiovisuales el espacio virtual que permite la creación,
almacenamiento, difusión o venta de contenido audiovisual en línea.

El doblaje de series queda excluido de esta línea de subvenciones.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención es del 100% del coste del doblaje y de la subtitulación de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.

El coste subvencionable del doblaje y de la subtitulación no puede exceder los importes máximos siguientes:

a) Para el doblaje: 125 euros por minuto.

b) Para la subtitulación: 10 euros por minuto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estas subvenciones:

a) Las empresas de doblaje o de subtitulación que estén inscritas en el registro de empresas audiovisuales
correspondiente.

b) Las empresas distribuidoras que estén inscritas en el registro de empresas audiovisuales correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 11/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8292
Documento: Bases Generales Descargar Documento
Boletín: 05/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8334
Documento: Modificación Bases Generales Descargar Documento
Boletín: 09/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8383
Documento: Bases Específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 20/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8390
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento