Subvenciones para el desarrollo y produccion de contenidos interactivos en lengua gallega.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S19746/11

Norma:

Resolución de 10 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las subvenciones de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales para el desarrollo y producción de contenidos interactivos en lengua gallega, y se procede a la convocatoria para el año 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El importe de la subvención no podrá exceder, junto con las demás ayudas amparadas por la cláusula de minimis percibidas por el beneficiario en el último período de tres años fiscales, el límite de 200.000 euros.

- El importe de las subvenciones reguladas en esta resolución, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía
que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o patrocinios concedidos por otras
administraciones públicas o entes públicos, autonómicos, nacionales o internacionales, superen el 100%
del coste de la actividad subvencionada que desarrollará el beneficiario, esto sin perjuicio de las particularidades y especificidades previstas para cada tipo o modalidad de ayuda.

- Proyectos de desarrollo de contenidos interactivos:

El importe máximo de subvención que podrán alcanzar este tipo de proyectos será de 12.000 euros y, en todo caso, no podrá superar el 50% de los costes del proyecto.

- Proyectos de producción de contenidos interactivos:

El importe máximo de subvención que podrán alcanzar será de 60.000 euros y, en todo caso, no podrá superar el 40% de los costes del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas constituidas legalmente como productoras cinematográficas y audiovisuales y empresas de servicios en internet y medios online, comunicación interactiva en nuevos medios, consultoría y aesoramiento TIC, concectividad e integración de sistemas y desarrollo de software,
domiciliadas por lo menos por un año, previo a esta convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia o
en un Estado miembro de la UE o que formen parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea,
y que tengan sucursal u oficina permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Proyectos de desarrollo de contenidos interactivos.

- Proyectos de producción de contenidos interactivos.


Requisitos:

No podrán acceder a las subvenciones los solicitantes que se encuentren afectados por alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 10º.2 y 10º.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de
Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 68
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento