Subvenciones para el desarrollo en el año 2015 de programas y actividades en el ambito de Juventud.

Código de ayuda:

S06137/15

Norma:

ORDEN de 11 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de programas anuales y actividades concretas en el ámbito de Juventud que se desarrollen en el ejercicio 2015.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Las subvenciones establecidas en la presente Orden podrán alcanzar hasta el 70% del presupuesto aprobado de cada actividad o programa presentado a efectos de subvención. En caso de que en el presupuesto ejecutado la cantidad concedida represente más del 70% de los gastos totales, se minorará la cantidad a conceder definitivamente hasta alcanzar ese límite.

2.– Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el total de las subvenciones concedidas a cada entidad beneficiaria al amparo de esta convocatoria en ningún caso podrá superar la cantidad de 180.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que realicen actividades de fomento y difusión.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programas anuales de actividades de ámbito supraterritorial cuya finalidad sea la promoción y mejora de la calidad de vida de la Juventud de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Cursos de dinamizadores/as socioculturales organizados por escuelas de animación sociocultural cuya titularidad corresponda a entidades sin ánimo de lucro y que se encuentren reconocidas en el ámbito de actuación de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Se establece una cuantía máxima subvencionable de 420 euros por alumno/a para las solicitudes de este apartado.

c) Actividades concretas no recogidas dentro de la programación anual cuya finalidad sea la promoción y mejora de la calidad de vida de la juventud vasca y cuyos objetivos y contenidos posean un carácter innovador o tengan impacto social.

Requisitos:

1.– No podrán acceder a las subvenciones previstas en esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o se hallen incursos en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

2.– En todo caso, de acuerdo con el artículo 50.4 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997 de 11 de noviembre, la concesión y, en su caso, el pago de las ayudas y subvenciones a los beneficiarios de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación. Asimismo, no se podrá adjudicar ni abonar subvención alguna a quienes tengan pendiente de reintegrar alguna subvención derivada de un procedimiento de reintegro.

3.– La entidad solicitante debe estar legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.

4.– Asimismo, la entidad solicitante debe estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Documentos asociados

Boletín: 17/02/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 32
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento