Subvenciones para el desarrollo en el año 2012 de actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil entre grupos de jovenes de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco y de otras regiones y estados miembros de la Union Europea.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S52637/11

Norma:

ORDEN de 13 de diciembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Proyectos entre 01/01/12 y 30/06/2012: hasta el 01/02/2012; Proyectos entre 1/07 y 31/2012: hasta el 02/04/2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de actividades de movilidad o intercambios juveniles que se desarrollen en el ejercicio 2012.

Categorías Subvención

  • Juventud

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Respecto a los gastos de viaje, se tendrán en cuenta los gastos correspondientes al desplazamiento desde el país de origen hasta el lugar de celebración de la actividad y regreso, utilizando los medios y tarifas más económicos.

2.– Respecto a los gastos de preparación y realización de la actividad, se establece una cantidad máxima de 3.000 euros, a los que se sumarán 30 euros por cada participante y noche durante el transcurso de la actividad.

3.– Respecto a los gastos de alojamiento y manutención, se establece una cantidad máxima de 60 euros por cada participante y noche durante el transcurso de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que realicen actividades de fomento y difusión de las áreas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil.

b) Actividades de ámbito supraterritorial de promoción, difusión o formación relacionada con la movilidad o el intercambio juvenil.

Requisitos:

No podrán acceder a las subvenciones previstas en esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o se hallen incursos en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 23/12/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 242
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento