Subvenciones para el desarrollo, en el 2019, de actividades para la promoción y difusión de la cultura vasca fuera del ámbito territorial del euskera, aprobado por el Consejo de Dirección.

Código de ayuda:

S29791/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2019,

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Resolución dar publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del IVE que aprueba la regulación del régimen de concesión de subvenciones para la realización, durante el ejercicio 2019, de proyectos y actividades no profesionales para la promoción y difusión de la Cultura Vasca fuera del ámbito geográfico del euskara.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima que se puede recibir por proyecto, actividad o programa cultural será la siguiente:

• Actividades llevadas a cabo en destinos hasta 1.200 km: dos mil (2.000) euros.

• Actividades llevadas a cabo en destinos entre 1.201 y 5.000 km: tres mil quinientos (3.500) euros.

• Actividades llevadas a cabo en destinos a más de 5.000 km: cinco mil (5.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar subvenciones con cargo a esta Resolución cuantas personas físicas y jurídicas privadas, realicen los programas o actividades a los que la misma se refiere y que a fecha de presentación de la solicitud tengan su empadronamiento o domicilio social dentro de la Comunidad Autónoma Vasca. Cuando el idioma de la obra a difundir sea el euskera, podrán también presentarse las personas físicas o jurídicas privadas que estén empadronadas o tengan su domicilio social en el ámbito geográfico del euskera.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 87
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento