Subvenciones para el desarrollo de proyectos de sensibilización y formación en materia de Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenible.
Código de ayuda:
S12619/25Norma:
Resolución de 07/05/2025. Orden 158/2022, de 1 de agosto.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de junio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta resolución es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de sensibilización y formación en materia de Agenda 2030 y objetivos de Desarrollo Sostenible en Castilla-La Mancha.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Educación y Ciencia
Medio Ambiente y Energía
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Sostenible (Castilla-La Mancha)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
1. Podrán concurrir a la convocatoria de estas subvenciones las entidades con personalidad jurídica, que carezcan de ánimo de lucro, y que cumplan los requisitos establecidos en el resuelvo quinto.2. Así mismo podrán concurrir agrupaciones de dos o más entidades, cuando cada una que la integran reúna por sí misma los requisitos del apartado 1 y cumplan con las condiciones de la disposición cuarta de la convocatoria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Proyectos de sensibilización: acciones dirigidas al conjunto de la sociedad para dar a conocer la Agenda 2030 (charlas, debates, mesas redondas, jornadas, seminarios, campañas informativas).2. Proyectos de formación, en el ámbito de la educación no formal, para profundizar en los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Se consideran gastos subvencionables alguno de los siguientes conceptos:
a) Gastos de personal propio o contratado, derivados exclusiva y directamente del proyecto subvencionable.
b) Gastos de consultoría y/o asistencia técnica. Cuando se trate de actividades formativas se subvencionará la hora impartida por un máximo de 80 €. Cuando se trate de actividades de planificación, coordinación y/o evaluación del proyecto, podrán subvencionarse los gastos estrictamente necesarios, y que estén vinculados de manera indudable al desarrollo del mismo, con un límite del 20 % de la cantidad concedida.
c) Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de las personas que ejecuten el proyecto. Para los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención se considerarán los límites fijados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para su propio personal durante el año de referencia, establecidos en la correspondiente orden sobre normas de ejecución de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha vigente en el año de publicación de la presente convocatoria.
d) Gastos de material de oficina, de promoción, edición, publicación y difusión relacionados directamente con el proyecto a realizar.
e) Gastos de alquiler de locales, de equipos de proyección, de iluminación, de sonido y cualquier otro necesario para la ejecución del proyecto.
f) Costes indirectos. Se podrán imputar como gastos o costes indirectos todos los gastos de funcionamiento regular de la entidad beneficiaria que no podrán exceder del 8 % del importe de la subvención concedida, tales como alquiler, suministros, gastos de comunicaciones, etc.
Documentos asociados
Boletín:
11/08/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
13/05/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 90
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 90
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento