Subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S57937/22

Norma:

Orden 189/2022, de 27 de septiembre. Resolución de 24/10/2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de noviembre del 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollo de programas dirigidos al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y programas dirigidos a la realización de actividades de prevención para personas mayores en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha.

Hay 2 líneas de actuación, una dirigida al desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para personas en situación de dependencia (los programas denominados (SepapMejoraT), y otra dirigida al desarrollo de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en
riesgo de estarlo.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden, las Entidades privadas de iniciativa social o las agrupaciones de éstas, con personalidad jurídica, que cumplan los requisitos establecidos en la base quinta.

Las entidades locales que cumplan los requisitos de la base quinta únicamente podrán ser beneficiarias de las subvenciones para la realización de los programas de la base tercera.1.a.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables los gastos de personal, actividades y mantenimiento que de manera
indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y resulten estrictamente necesarios para desarrollar dicha actividad. A estos efectos se consideran gastos subvencionables para todas las modalidades establecidas en la base tercera los siguientes:

a) Los gastos de personal necesarios para la ejecución del programa hasta un máximo de las retribuciones que se establezcan anualmente para el personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los presupuestos generales.

b) Gastos de mantenimiento necesarios para la ejecución del programa, tales como gastos de arrendamiento del local donde se desarrolle el programa, suministros (agua, electricidad y combustibles), de comunicaciones, gastos de limpieza y material de limpieza o seguro de responsabilidad civil.

c) Gastos de actividades: material de oficina o didáctico necesario para llevar a cabo el programa.

Documentos asociados

Boletín: 04/10/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 191
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 31/10/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 209
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 31/10/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 209
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento