Subvenciones para el desarrollo de programas de incorporación social y laboral destinados a personas en situación o riesgo de exclusión social.

Código de ayuda:

S00282/04

Norma:

Orden de 18 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de programas de incorporación social y laboral que contribuyan a fomentar la integración en el mercado de trabajo de grupos e individuos en situación o riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las organizaciones no gubernamentales que desarrollen preferentemente sus actividades en el ámbito de la lucha contra la exclusión.
b) Las organizaciones empresariales o sindicales, los organismos paritarios de formación de ámbito sectorial y las organizaciones representativas de la economía social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Acciones que se subvencionan:
a) Acciones que permitan la adquisición y desarrollo de habilidades y hábitos previos para la adquisición de nuevos conocimientos educativos y formativos.
b) Actividades específicas de formación o que permitan adecuar el nivel formativo o las competencias profesionales a las exigencias del mercado de trabajo.
c) Acciones de información, orientación y asesoramiento que posibiliten el acceso a un puesto de trabajo, bien por cuenta ajena o mediante un proyecto de autoempleo.
d) Acciones de acompañamiento social que consistirán en la puesta a disposición de los usuarios de servicios de apoyo persoal e/o familiar que faciliten el edecuado desarrollo de sus itinerarios de inserción sociolaboral.

Gastos subvencionables:
a) Gastos del personal necesarios para la ejecución de las actividades.
b) Gastos corrientes consumibles no amortizables necesarios para la realización de la actividad.
c) Los gastos generales serán subvencionados a condición de que correspondan a costes reales de ejecución de la actividad financiada por la orden y se asignen de forma prorrateada a la operación, de acuerdo con un método equitativo debidamente justificado.
d) La amortización de los instrumentos y equipos en proporción a su utilización exclusiva para la actividad subvencionada.
e) El alquiler debidamente justificado.
f) Los gastos de los usuarios participantes en las acciones incluirán: dietas de desplazamiento, remuneraciones o asignaciones de participantes, seguros sociales de los alumnos en caso de actividades formativas. Las becas tendrán una cuantía máxima de 7 euros día/lectivo.

Requisitos:

Las entidades deberán estar inscritas, con anterioridad a la resolución de la subvención, en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales dependiente de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales.

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 2
Documento: Convocatoria Descargar Documento