Subvenciones para el desarrollo de programas de actividades destinadas a menores afectados por medidas de proteccion o judiciales.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S00600/09

Norma:

Orden de 30/12/2008. Resolucion de 12/01/2010. Resolución de 11/01/2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2011 las subvenciones para el desarrollo de programas de actividades destinadas a menores afectados por medidas de protección o judiciales, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden de 30/12/2008, de la Consejería de Salud y Bienestar Social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima a conceder podrá ser de hasta el 100% de la cuantía solicitada por la entidad, hasta un máximo de 600.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades Privadas sin ánimo de lucro que concurran en los requisitos enumerados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programas de Menores, que podrán consistir en:

a) Intervención familiar.

b) Acogimiento residencial.

c) Acogimiento familiar.

d) Adopción.

e) Atención a menores en conflicto social.

f) Autonomía personal.

g) Talleres pre-laborales.

2. Programas de información, sensibilización y participación social.

3. Programas de formación, investigación o desarrollo de proyectos innovadores de intervención social.

4. Programas de formación profesional para el personal que presta servicios en o colabora en el desarrollo de actividades dirigidas a menores afectados por medidas de protección o judiciales.

5. Otros programas de actividades que sean considerados de interés social y vayan dirigidos al colectivo de menores. Para el desarrollo de los programas de actividades podrá solicitarse la subvención para gastos corrientes, de personal, de puesta en marcha y de mantenimiento.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, y en los demás Registros que correspondan.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas por parte de la Consejería competente en materia de servicios sociales para fines análogos.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

f) Disponer de la estructura técnica y capacidad financiera suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en los programas o proyectos presentados, acreditando experiencia operativa para ello.

g) Acreditar la titularidad o disponibilidad de uso de los centros necesarios para desarrollar las actividades correspondientes.

h) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

i) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 1
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/01/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 9
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Boletín: 14/01/2011
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