Subvenciones para el desarrollo de planes para la mejora del exito escolar y la participacion educativa en los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autonoma de la Region de Murcia.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S37355/12

Norma:

Orden de 28 de septiembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 26 de Octubre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo de planes para la mejora del éxito escolar y la participación educativa en los centros docentes privados concertados de la Región de Murcia para desarrollar en el curso escolar 2012-2013.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros educativos privados concertados de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que impartan una o varias de las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria, la educación secundaria obligatoria o la educación especial, y que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Modalidad infantil-primaria: plan para la mejora del éxito escolar en
centros privados concertados que impartan alguna de las enseñanzas de segundo
ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial.

b) Modalidad secundaria obligatoria: plan para la mejora del éxito escolar
en centros privados concertados que impartan las enseñanzas de la educación
secundaria obligatoria.

Requisitos:

a) No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de
beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2012
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 234
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento