Subvenciones para el desarrollo de las líneas de actuación y estímulo a la formación de mujeres.

Código de ayuda:

S04782/04

Norma:

Resolución de 16 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de los planes de actuación y de programas de formación
profesional a favor de las mujeres mediante la ejecución de las siguientes actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo:
a) Apoyo a programas destinados a facilitar la inserción laboral de las mujeres, impulsando su cualificación profesional, en aquellas profesiones demandadas por el mercado de trabajo.

b) Apoyo a programas de formación ocupacional coordinados con actividades de orientación profesional y planes de fomento de la economía social y la promoción de empresas.

c) Apoyo a proyectos formativos de carácter singular que puedan aportar un valor añadido a las acciones anteriores.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En el caso de las entidades locales, de las centrales sindicales y las organizaciones empresariales, el importe de la subvención financiará el 100% de los costes de la acción formativa.
b) En el caso de las empresas, el importe subvencionable será el 80%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades de iniciativa social que carezcan de ánimo de lucro.
b) Las centrales sindicales o las organizaciones empresariales legalmente constituidas.
c) Las empresas, exclusivamente para la formación de sus propias trabajadoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Módulo A. Gastos de personal:
a) Sueldos u honorarios de personal docente, o el precio del servicio externo docente, y los correspondientes gastos de seguros sociales.
b) Gastos de la actividad de coordinación, que deberá ser realizada por persona física distinta de las encargadas de la impartición del curso.

- Módulo B. Costes abonables del curso:
a) Gastos de seguros de accidentes de las alumnas y, en su caso, gastos de seguros de responsabilidad civil.
b) Gastos de medios y materiales didácticos y de los materiales de trabajo fungibles utilizados durante las actividades de formación, quedando excluidos los gastos de amortización de equipos y herramientas.
c) Gastos generales que tengan su origen en la actividad del curso.

- Módulo C. Becas y ayudas de transporte de las alumnas:
a) Becas para alumnas con un mínimo del 33% de discapacidad acreditada mediante certificado expedido por el organismo competente.
b) Ayudas de transporte para aquellas alumnas que residan al menos a 3 kilómetros del lugar de impartición de la acción formativa, circunstancia que acreditará el órgano municipal correspondiente.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias señaladas en las letras a) y b) estarán inscritas en el último día de presentación de solicitudes en el Áaarea de Mujer del Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales.

Documentos asociados

Boletín: 25/02/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 39
Documento: Convocatoria Descargar Documento