Subvenciones para el desarrollo de las líneas de actuación y estímulo a la formación de mujeres.
Código de ayuda:
S04782/04Norma:
Resolución de 16 de febrero de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/04/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de los planes de actuación y de programas de formaciónprofesional a favor de las mujeres mediante la ejecución de las siguientes actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo:
a) Apoyo a programas destinados a facilitar la inserción laboral de las mujeres, impulsando su cualificación profesional, en aquellas profesiones demandadas por el mercado de trabajo.
b) Apoyo a programas de formación ocupacional coordinados con actividades de orientación profesional y planes de fomento de la economía social y la promoción de empresas.
c) Apoyo a proyectos formativos de carácter singular que puedan aportar un valor añadido a las acciones anteriores.
Categorías Subvención
- Formación
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) En el caso de las entidades locales, de las centrales sindicales y las organizaciones empresariales, el importe de la subvención financiará el 100% de los costes de la acción formativa.b) En el caso de las empresas, el importe subvencionable será el 80%.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
a) Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades de iniciativa social que carezcan de ánimo de lucro.b) Las centrales sindicales o las organizaciones empresariales legalmente constituidas.
c) Las empresas, exclusivamente para la formación de sus propias trabajadoras.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Módulo A. Gastos de personal:a) Sueldos u honorarios de personal docente, o el precio del servicio externo docente, y los correspondientes gastos de seguros sociales.
b) Gastos de la actividad de coordinación, que deberá ser realizada por persona física distinta de las encargadas de la impartición del curso.
- Módulo B. Costes abonables del curso:
a) Gastos de seguros de accidentes de las alumnas y, en su caso, gastos de seguros de responsabilidad civil.
b) Gastos de medios y materiales didácticos y de los materiales de trabajo fungibles utilizados durante las actividades de formación, quedando excluidos los gastos de amortización de equipos y herramientas.
c) Gastos generales que tengan su origen en la actividad del curso.
- Módulo C. Becas y ayudas de transporte de las alumnas:
a) Becas para alumnas con un mínimo del 33% de discapacidad acreditada mediante certificado expedido por el organismo competente.
b) Ayudas de transporte para aquellas alumnas que residan al menos a 3 kilómetros del lugar de impartición de la acción formativa, circunstancia que acreditará el órgano municipal correspondiente.
Requisitos:
Las entidades beneficiarias señaladas en las letras a) y b) estarán inscritas en el último día de presentación de solicitudes en el Áaarea de Mujer del Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales.Documentos asociados
Boletín:
25/02/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 39
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 39
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