Subvenciones para el desarrollo de actividades relativas a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en Murcia.

Código de ayuda:

S25300/05

Norma:

Orden de 4 de mayo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar y establecer el régimen jurídico de concesión de subvenciones a las Asociaciones de Mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro, para la realización de actividades en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Otras

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades que favorezcan la participación social y el asociacionismo de las mujeres, así como su acceso a los procesos de toma de decisiones.
b) Actividades en materia de Igualdad de Oportunidades en el ámbito rural.
c) Actividades que fomenten el debate sobre la situación social de las mujeres, en ámbitos tales como la conciliación de la vida laboral y familiar, economía y empleo, cooperación y participación, calidad de vida, comunicación y medio ambiente.
d) Actividades de información y asesoramiento en materia de prevención de la violencia ejercida hacia las mujeres.
e) Actividades que favorezcan la sensibilización sobre el reparto de responsabilidades familiares y domésticas.

No podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente Orden, las siguientes acciones y programas:
a) Acciones en las áreas de salud, servicios sociales y educación que, por su especificidad, correspondan a competencias atribuidas a otros órganos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Acciones de formación ocupacional.
c) Programas que contemplen la prestación de servicios que de manera directa o indirecta, se presten por el Instituto de la Mujer de la Región de Murcia o que supongan duplicidad de los existentes.
d) En general, acciones y programas que no se adecuen a los objetivos de la presente Orden.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro pertinente.
Este requisito se acreditará mediante certificación del Registro correspondiente, de que la entidad se encuentra inscrita en el mismo.
No obstante lo anterior y si el citado registro fuera el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia, dicho requisito será comprobado de oficio por el órgano encargado de la instrucción del procedimiento.

b) Tener implantación en la Región de Murcia.
c) No estar incursos en las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, extremo que se acreditará mediante declaración responsable otorgada conforme al modelo que se adjunta como Anexo III a la presente Orden o ante notario público.
El cumplimiento de las obligaciones tributarias a que se refiere el apartado e) del citado artículo 13.2, se entenderá respecto de la Comunidad Autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 112
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento