Subvenciones para el desarrollo de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo (acciones OPEA).

Código de ayuda:

S09064/04

Norma:

Orden de 2 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mejorar las posibilidades de ocupación de las personas demandantes de empleo inscritas en los centros SERVEF de Empleo,
mediante la concesión de subvenciones a entidades colaboradoras que realicen acciones de orientación profesional para el empleo y la asistencia para el autoempleo articuladas en itinerarios de inserción ocupacional durante el año 2004.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El SERVEF subvencionará las retribuciones totales y la cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos del personal necesario para la ejecución de las acciones, siempre que sea contratado por cuenta ajena, en función de las normas legales y reglamentarias del convenio colectivo aplicable, o de acuerdo con la normativa de aplicación en las administraciones públicas para funcionarios, en las cuantías siguientes:
a) Para los técnicos, las retribuciones establecidas en la respectiva normativa de aplicación para cada categoría, nivel o grupo profesional, hasta 27.398,56 euros.
b) Para el personal de apoyo, las retribuciones establecidas en la respectiva normativa de aplicación para cada categoría, nivel o grupo profesional, hasta 19.178,99 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades colaboradoras que, teniendo personalidad jurídica propia y careciendo de fines lucrativos, realicen las acciones de orientación profesional de acuerdo con lo previsto en esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones a realizar son:
a) Tutoría individual (TI).
b) Autoempleo.

Los siguientes gastos:
a) Gastos de personal.
b) Gastos generales, materiales y técnicos necesarios para el desarrollo de estas acciones con la siguiente distribución:
. Gastos de ejecución de material técnico:
. Guías técnicas (incluidas transparencias).
. Documentación para los participantes.
. Material psicotécnico.
. Gastos de ejecución en material de oficina: impresos y material consumible de oficina.
. Gastos generales necesarios para la ejecución de las acciones en la parte correspondiente a esa ejecución.
. Arrendamientos (excluido leasing): Edificios, mobiliario, enseres y equipos de arrendamiento.
. Mantenimiento (si no está incluido en el arrendamiento).
. Suministros de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción (si no está incluido en el arrendamiento).
. Comunicaciones (teléfonos, correo).
. Limpieza.
. Seguridad, vigilancia.
. Seguros de responsabilidad civil.
. Publicidad exigida por esta orden.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4722
Documento: Convocatoria Descargar Documento