Subvenciones para el desarrollo de Programas de Iniciación Profesional (Garantía Social), en las modalidades de Iniciación Profesional para el Empleo, Iniciación Profesional Adaptada, Iniciación Profesional Especial y Planes de Inserción Laboral.

Código de ayuda:

S08773/06

Norma:

Orden de 10 de marzo de 2006. Orden de 15 de mayo de 2006. Orden de 6 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar a financiar Programas de Iniciación Profesional (Garantía Social), con el fin de proporcionar al alumnado que participe, una formación básica y profesional, acorde con la modalidad a desarrollar y en alguno de los perfiles profesionales a los que alude el artículo 17 de la Orden de 23 de abril de 2002 (BORM de 2 de mayo), que les posibilite incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios.

Los Programas de Iniciación Profesional (Garantía Social) en sus distintas modalidades se orientarán a la consecución de los objetivos referidos en el artículo 3, de la Orden de 23 de abril de 2002 por la que se regulan los programas de Iniciación Profesional (Garantía Social) en la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención por cada grupo de jóvenes alcanzará como máximo:
a) 50.000 Euros para las distintas modalidades de Iniciación Profesional (Garantía Social).
b) 10.000 Euros para los Planes de Inserción Laboral.

En todas las modalidades, el importe de la subvención estará en función de los límites establecidos por las respectivas consignaciones presupuestarias y del número de solicitudes, siempre que cumplan los requisitos
establecidos en la presente Orden, no siendo en ningún caso inferior al 80% de la cuantía máxima establecida en el punto 2 del presente artículo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias aquellas entidades cuyo ámbito de actuación se encuentre en la Región de Murcia.

Podrán obtener, igualmente, la condición de beneficiario, para todas las modalidades, aquellas entidades
que cumplan los siguientes requisitos:
a) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las mismas estén garantizadas o se hubiere acordado la suspensión del procedimiento de ejecución.
b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.
d) No estar incursas en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Modalidad de Iniciación Profesional para el Empleo.
Podrán acceder a la subvención para el desarrollo de programas objeto de esta modalidad las entidades locales (Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios) de la Región de Murcia.

Modalidad de Iniciación Profesional Adaptada.
Podrán acceder a subvención para el desarrollo de programas objeto de esta modalidad, las entidades privadas sin fines de lucro, legalmente constituidas, que no impartan Formación Profesional Reglada y con experiencia en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos.

Modalidad de Iniciación Profesional Especial.
Podrán participar la entidades privadas sin fines de lucro dedicadas a la atención de jóvenes con discapacidad, legalmente constituidas, y que dispongan de la infraestructura y experiencia necesaria para garantizar el cumplimiento de los objetivos de los programas.

Planes de Inserción Laboral.
Podrán participar las entidades privadas sin fines de lucro dedicadas a la atención de alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad o a una situación de desventaja social claramente justificada, legalmente constituidas, y que dispongan de la infraestructura y experiencia necesaria para garantizar el cumplimiento de los objetivos de los planes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas objeto de las subvenciones podrán desarrollarse en las modalidades de:
a) Iniciación Profesional para el Empleo: En colaboración con Entidades Locales.
b) Iniciación Profesional Adaptada: En colaboración con entidades privadas sin fines de lucro, legalmente constituidas, que tengan experiencia en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos.
c) Iniciación Profesional Especial: En colaboración con entidades privadas sin fines de lucro, legalmente constituidas, dedicadas a la atención de jóvenes con discapacidad.
· Primer curso del programa.
· Segundo curso del programa, en el caso de haber realizado el primer curso en la convocatoria inmediata
anterior.
d) Planes de Inserción Laboral: En colaboración con entidades privadas sin fines de lucro, legalmente constituidas, que tengan experiencia en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos o discapacitados.

Documentos asociados

Boletín: 28/03/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 72
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/05/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 120
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/06/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 150
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento