Subvenciones para el desarrollo de Programas de Cualificacion Especificos y Especiales a iniciar durante el año 2014, y se aprueban las bases reguladoras para su concesion, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013.

Código de ayuda:

S10528/15

Norma:

ORDEN de 26 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de marzo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo de programas de cualificación específicos y especiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, que se inicien a partir de septiembre de 2014 y que finalicen antes del 15 de septiembre de 2015. Estos programas tienen como objetivo que los alumnos alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1 de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
creado por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, así como que tengan la posibilidad de una inserción sociolaboral satisfactoria y amplíen sus competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas. Estas subvenciones están cofinanciadas por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo.

Las modalidades de los programas de cualificación serán la de talleres profesionales y la de talleres profesionales especiales.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El número máximo de las ayudas concedidas para cada modalidad será el siguiente:

a) Talleres profesionales: 12.

b) Talleres profesionales especiales: 3.

Los importes para cada programa serán como máximo, dentro de los créditos disponibles, de 20.000 €.

El importe de la ayuda que se conceda vendrá determinado por las características del proyecto que se presente teniendo en cuenta los criterios expresados en la presente orden.

De acuerdo con lo establecido en el punto 95 del Plan de racionalización del gasto corriente en Aragón, solo se subvencionará el 80% de la cuantía del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin finalidad de lucro que acrediten los requisitos mínimos personales y materiales establecidos para los perfiles profesionales correspondientes, y no estén acogidos a régimen de conciertos educativos ni impartan enseñanzas de formación profesional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las cuantías asignadas deberán destinarse a sufragar parte de los gastos ocasionados en los siguientes conceptos:

a) Costes de personal formador.
b) Gastos de funcionamiento del perfil profesional a desarrollar.
c) Gastos para el establecimiento de un seguro de accidentes y responsabilidad civil de los alumnos. La cobertura de este seguro incluirá el periodo de formación del alumno en la empresa.

La entidad que haya sido objeto de subvención no podrá en ningún caso subcontratar ni total ni parcialmente el programa en otra entidad o empresa.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 49
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento