Subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la Línea Covid.

Código de ayuda:

S30082/21

Norma:

Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo. Decreto 64/2021, de 1 de junio. Decreto 110/2021, de 26 de octubre. Decreto 121/2021, de 20 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado de autónomos (empresarios y profesionales) y empresas que desarrollen su actividad en los sectores más afectados por la crisis derivada de la expansión del COVID-19.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Otras

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones los empresarios y profesionales y las empresas no financieras cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y que pertenezcan a los sectores más afectados por la crisis comprendidos en las secciones, divisiones o grupos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), previstos en el Anexo I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, así como en aquellos otros sectores que se hayan visto particularmente afectados en nuestra Región y que figuran, conjuntamente con aquéllos, en el Anexo I de este decreto; las entidades no residentes no financieras que operen en Castilla-La Mancha a través de establecimiento permanente y que pertenezcan a los sectores citados, así como, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aun careciendo de personalidad
jurídica, ejerzan una actividad económica y tengan ánimo de lucro.

También podrán acceder a la condición de beneficiarios los grupos consolidados que tributen en el Impuesto sobre Sociedades en el régimen de tributación consolidada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las cuantías que se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

Respecto al pago de los gastos subvencionables, en primer lugar se satisfarán los pagos a proveedores, por
orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la reducción del nominal de la deuda con aval público.

Documentos asociados

Boletín: 13/03/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 62
Documento: Real Decreto 5/2021 Descargar Documento
Boletín: 09/06/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 108
Documento: Real Decreto 64/2021 Descargar Documento
Boletín: 28/10/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 208
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/12/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 244
Documento: Modificación Descargar Documento