Subvenciones para el apoyo a la participacion en el sistema arbitral de consumo.

Código de ayuda:

S52700/09

Norma:

ORDEN de 1 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Del 1/10/09 al 8/10/09 para actuaciones del 1/01/09 al 30/09/09. Del 14/12/09 al 23/12/09 para actuaciones del 1/10/09 al 21/12/

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente orden es aprobar las bases para la concesión directa de ayudas para apoyar la participación en el sistema arbitral de consumo, en función del grado de intensidad de la misma.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejeria de Industria, Comercio e Innovación (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo destinado a atender estas ayudas es de 115.000 euros y se financiará con cargo a la línea presupuestaria T0126 del capítulo IV del programa 443.10, consignada en la Ley 17/2008, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Los sujetos, que desarrollen su actividad en al ámbito de la Comunitat Valenciana y no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la LGS:

– Las federaciones y asociaciones de consumidores y usuarios que se encuentren inscritas en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana y que estén al corriente de las obligaciones derivadas de dicha inscripción.

– Las asociaciones de empresarios o profesionales legalmente constituidas que actúen en la Comunitat Valenciana.

– Las Corporaciones de Derecho Público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La subvención será destinada a apoyar la participación de las entidades solicitantes en el sistema arbitral de consumo en función del grado de intensidad de la misma que vendrá determinada por las
siguientes actuaciones:

a) Intervención en audiencias arbitrales.

– La intervención en cada audiencia será subvencionada con 30 euros, en caso de que el arbitraje se desarrolle con arreglo a equidad, y en alguna de las localidades donde tienen su sede las juntas arbitrales
de la Comunitat Valenciana. En caso de que el arbitraje se haya desarrollado en localidad distinta a estas últimas, cada audiencia será subvencionada con 40 euros.
– La intervención en cada audiencia será
subvencionada con 50 euros, en caso de que el arbitraje se desarrolle con arreglo a Derecho.

b) La derivación de reclamaciones por parte de las asociaciones de consumidores y usuarios a las juntas arbitrales de consumo con sede en la Comunitat Valenciana, en las que la empresa reclamada se
encuentra adherida, con carácter general o particular, al arbitraje de consumo.
– Se subvencionará con 5 euros por cada 10 reclamaciones derivadas.

c) Obtención por parte de las asociaciones empresariales o profesionales de nuevas adhesiones de sus miembros al sistema arbitral de consumo a través de las juntas arbitrales de consumo con sede en la
Comunitat Valenciana.
– Se subvencionará con 5 euros por cada 10 nuevas adhesiones.

d) La asistencia a reuniones de grupos de trabajo, comisiones de coordinación o foros de debate especializado, que en su caso sean necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema arbitral que
se convoquen por los Presidentes de las juntas arbitrales con sede en la Comunitat Valenciana.
– La asistencia se subvencionará con 20 euros por reunión por asociación participante.

2. Las ayudas para las acciones de que trata el número anterior podrán solicitarse en relación con las efectuadas desde el día 1 de enero del año 2009 hasta el 21 de diciembre de 2009 siempre y cuando
reúnan las restantescondiciones y requisitos establecidos en la presente orden.

Documentos asociados

Boletín: 15/07/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6057
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento