Subvenciones para el apoyo a la consolidación de las entidades de la economía social de Galicia Bono consolida economía social, y se procede a su convocatoria para las anualidades 2021-2022.

Código de ayuda:

S43055/21

Norma:

ORDEN de 4 de agosto de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la consolidación de las entidades de la economía social de Galicia con el fin de remediar la grave perturbación que en la economía gallega provocó el brote de la COVID-19, facilitándoles acceso a la liquidez y protección frente a otros prejuicios económicos significativos que surgiesen a causa de la COVID-19 mediante líneas de ayudas que, con especial incidencia en la transformación digital, mejoren su actividad económica, incrementen su competitividad y, en definitiva, mantengan empleos de calidad.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda será equivalente al 80 % del coste total de los gastos subvencionables, con los límites siguientes:

10.000 € para los gastos incluidos en la línea 1 (transformación digital).

5.000 € para los gastos incluidos en la línea 2 (profesionalización y desarrollo estratégico).

5.000 € para los gastos incluidos en la línea 3 (inversiones comunes).

El límite máximo de las ayudas se establece en 20.000 € por cada solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las sociedades cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo previstas en el artículo 6 de la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establecen las siguientes líneas de ayuda:

Línea 1. Transformación digital de la entidad.

Esta línea comprende las subvenciones orientadas a los siguientes conceptos:
Plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio y/o de optimización de la producción.
Equipamiento informático.
Adquisición y desarrollo de software y páginas web.

Línea 2: Profesionalización y desarrollo estratégico con el apoyo de servicios externos especializados, que impliquen nuevos métodos de organización, mejoras en las rutinas y procedimientos de gestión del trabajo.

Esta línea comprende subvenciones para la contratación de los siguientes servicios
externos:

Investigaciones de mercado y análisis de potencial competitivo.

Plan de marketing, de comunicación o de relanzamiento comercial.

Plan de futuro y de mejora del negocio.

Plan de mejora de la gestión financiera.

Plan de integración empresarial o de actuación conjunta.

Análisis de cumplimiento normativo y riesgos legales.

Obtención de certificaciones de calidad.

Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad.

Línea 3: Mejora de la competitividad empresarial a través de inversiones comunes.

Esta línea comprende las subvenciones para las inversiones consistentes en:

Adquisición de equipamiento.

Reforma del local del negocio.

Mobiliario.

Requisitos:

a) Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Haber presentado las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil, en el Registro de Cooperativas o en el Registro de Fundaciones, según corresponda a su forma jurídica.

En el caso de centros especiales de empleo que tengan forma jurídica de asociación, deberán tener aprobado el balance y cuenta de resultados por su asamblea general.

c) Acreditar una antigüedad de 42 meses en la fecha de la solicitud.

d) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 18/08/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 158
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/08/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 158
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento