Subvenciones, para el año 2026, del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales. Programa III.- Realización de actividades de difusión y fomento de la economía socialvinculadas directamente al fomento del empleo.

Código de ayuda:

S15928/26

Norma:

Orden de 8 de junio de 2026. ORDEN IEM/1166/2023, de 3 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de octubre de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto es contribuir, en la Comunidad de Castilla y León, a la financiación delos gastos derivados de la realización de las actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo llevadas a cabo por las entidades asociativas de economía social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención podrá ser de hasta el 100 por ciento del coste de la actividad con una
cuantía máxima de referencia por entidad beneficiaria de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta subvención: las entidades asociativas de economía social (entidades asociativas de cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción) sin ánimo de lucro, inscritas en los correspondientes registros de Castilla y León y con ámbito de actuación en esta Comunidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables la realización de actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo cuya finalidad sea dar a conocer o divulgar, entre la población en general o a colectivos específicos, la organización y funcionamiento de las cooperativas y sociedades laborales y otras formas de la economía social. Podrán subvencionarse las siguientes acciones:
a) Campañas de comunicación y divulgación orientadas a la promoción del empleo en el ámbito de la economía social a través de cualquier medio de comunicación, incluidas las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
b) Inserciones de informes y encartes en medios de difusión y publicaciones especializadas.
c) Elaboración, edición y publicación de estudios y trabajos de documentación, investigación y análisis relacionados con la economía social, tanto en formato papel como digital.
d) Otras publicaciones a través de libros, folletos, revistas, dípticos y similares, tanto en formato
papel como digital.

Documentos asociados

Boletín: 10/10/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 195
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/06/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 110
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/06/2026
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