Subvenciones, para el año 2025, destinadas a la ejecución de proyectos en las áreas de mayores yvoluntariado.

Código de ayuda:

S13755/25

Norma:

ORDEN de 9 de mayo de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de junio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de subvenciones destinadas a financiar la puesta en marcha y el desarrollo de proyectos destinados a las áreas de mayores y voluntariado.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia, y Familia (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención a conceder podrá ser de hasta el 100% del proyecto a financiar que sea aceptado, sin que, en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos pueda superar el coste total de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones objeto de la presente Orden:

a) Las Administraciones Públicas referidas a Corporaciones Locales, Mancomunidades y Agrupaciones de Municipios, Cabildos y sus organismos autónomos, así como Fundaciones y Universidades Públicas.

b) Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas cuyos fines y objetivos estatutarios, o alguno de ellos, estén dirigidos al ámbito social y/o colectivo susceptible de esta convocatoria y que sean adecuados y propios del área para la que se solicita la realización de las actividades consideradas subvencionables, de acuerdo con lo previsto en estas bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables los contemplados en el artículo 31 de la LGS, y, a los efectos previstos en la presente convocatoria, aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, imputándose, en todo caso, en los mismos términos que se han consignado en el plan de financiación presentado en la solicitud, que se realicen durante el periodo de ejecución de la actividad, y sean abonados con anterioridad a la finalización del plazo establecido para la justificación de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 22/05/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 101
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 22/05/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 101
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento