Subvenciones para el ámbito de la acuicultura, excepto para el aumento de capacidad productiva de dorada y lubina.

Código de ayuda:

S03319/03

Norma:

Orden de 25 de septiembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Incrementar la capacidad de producción a través de un desarrollo sostenible de la actividad.
b) Llevar a cabo iniciativas de modernización de las instalaciones acuícolas cuyo fin sea la consolidación de las instalaciones del sector bajo premisas de desarrollo sostenible.
c) Incrementar la competitividad de las estructuras de explotación y desarrollo de empresas económicamente viables en el sector, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, el abaratamiento de los costes de producción, la renovación de los medios de producción y, en general, la optimización de cualquiera de los procesos que forman parte de la actividad.
d) Mejorar el abastecimiento y revalorizar los productos de la acuicultura.
e) Desarrollar iniciativas que tengan como fin elevar la calidad ambiental del entorno, tanto mediante la disminución de los efectos negativos de las instalaciones acuícolas sobre el medio ambiente, como mediante acciones que preserven esta actividad de efectos negativos externos.
f) Fomentar el desarrollo de cultivos innovadores mediante nuevas especies o técnicas, la diversificación acuícola hacia finalidades diferentes del consumo humano, conceptos empresariales innovadores, etc. El concepto de innovación deberá considerarse a escala regional. En este tipo de proyectos la actividad acuícola deberá ser la actividad económica principal exceptuándose únicamente aquellos proyectos que se dirijan a mejorar la calidad ambiental del entorno.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe global de 750.000 euros.
Se desglosaré según las acciones subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de acuicultura enclavados en la Comunidad Autónoma de Canarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La construcción de nuevas instalaciones o ampliación de las existentes, que supongan un incremento de la capacidad acuícola.
b) Modernización de instalaciones existentes, sin incremento de la capacidad acuícola.

Los gastos generales, hasta un límite del 12% de los costes elegibles, serán subvencionables en aquellas inversiones destinadas a:
- Proyectos.
- Honorarios de arquitectos, ingenieros y consultores.
- Estudios de viabilidad.
- Estudios de Impacto Ecológico.
- Adquisición de patentes y licencias.

Requisitos:

Las inversiones objeto de subvención deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Que hayan generado gastos a partir del 7 de febrero de 2002.
b) Que se hayan realizado con posterioridad a la presentación de una solicitud de subvención, previa visita técnica a efectos de constatar que las mismas no se han iniciado, o acreditación notarial del no inicio de las mismas.
c) Que contribuyan al efecto económico duradero de la mejora estructural buscada.
d) Que ofrezcan una garantía suficiente de viabilidad técnica y económica.
e) Que eviten efectos perjudiciales, en particular, el peligro de creación de capacidades de producción excedentarias.
f) Que dispongan de las preceptivas concesiones o autorizaciones para llevar a cabo las obras previstas y su posterior puesta en producción.
g) Que no sufran ninguna modificación importante durante cinco años a partir de la fecha de finalización de la conducta o actividad objeto de subvención.
h) Los beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden, por un importe superior a ciento cincuenta mil (150.000,00) euros deberán instalar, durante la fase de ejecución de la actividad, vallas o carteles informativos en los que conste que dicho proyecto ha sido cofinanciado por la Unión Europea.

Documentos asociados

Boletín: 09/10/2003
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 197
Documento: Convocatoria Descargar Documento