Subvenciones para el Fomento de la integración laboral de personas con discapacidad - Convocatoria 2010.- Disponibilidad créditos adicionales.- Modificación.

Código de ayuda:

S22128/10

Norma:

Orden de 29 de marzo de 2010. Resolución de 25 de mayo de 2010. Resolución de 22 de diciembre de 2010. Resolución de 1 de agosto de 2012. Orden de 28 de diciembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones destinadas a financiar la ejecución de los programas de Fomento de la integración laboral de personas discapacitadas correspondiente al ejercicio 2011.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin fines de lucro, con sede y, en todo caso, actividad en la Región de Murcia, cuyo objeto social esté directamente relacionado con la actividad específica a desarrollar, siendo requisito imprescindible que las entidades beneficiarias cuenten con al menos un orientador laboral en el equipo de profesionales directamente ligado a la inserción de contratados para este programa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones contempladas en los subprogramas 2.2 “Empleo con apoyo” y 2.3 “Empleo con apoyo-Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral de personas con discapacidad “.

La actividad subvencionada en los subprogramas 2.2. y 2.3 es la realización de acciones basadas en técnicas de búsqueda de empleo, de orientación laboral, de acompañamiento a la inserción, englobadas en el llamado «empleo con apoyo».

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

c) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 78
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/05/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 103
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 02/06/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 125
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 30/12/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 300
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 09/08/2012
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 184
Documento: Disponibilidad Créditos Adicionales. Descargar Documento
Boletín: 09/01/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 6
Documento: Modificación Descargar Documento