Subvenciones para ejecutar proyectos de sensibilización, educación para la solidaridad y formación, para el año 2007.

Código de ayuda:

S03319/07

Norma:

Resolución de 22 de diciembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/02/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas destinadas a proyectos de sensibilización ciudadana, de educación para la solidaridad y de formación de cooperantes que se lleven a cabo en las Illes Balears.


Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Inmigración y Cooperación (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro de las Illes Balears. Deberán tener la sede en las Illes Balears. Se entiende por tener la sede en las Illes Balears que la entidad se encuentre inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma.

b) Las asociaciones del Estado español que tengan delegación permanente y activa en las Illes Balears. Se entiende por delegación permanente que la asociación esté inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior y que presente el certificado acreditativo. Asimismo deberán presentar:
— Acta de la reunión del órgano de gobierno competente, o certificado expedido por el Secretario con el visto bueno del Presidente de la asociación, en que se acuerde la apertura, el cambio o el cierre de locales o delegaciones.
— Memoria específica de las actividades de la delegación.
— Compromiso escrito de que la delegación de la asociación en las islas se relacionará directamente con la contraparte de los proyectos financiados, atenderá directamente las demandas de información y documentación que requiera la Dirección General de Cooperación y estará dispuesta a dar cuenta
permanente de la marcha de los proyectos financiados.
Se considerará que se la sede o delegación es activa cuando la asociación acredite haber llevado a cabo actividades dentro del ámbito de la cooperación y/o sensibilización durante el año anterior al de la publicación de esta convocatoria.

c) Las fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro estatales que tengan su ámbito de actuación en las Illes Balears, o bien que tengan una delegación permanente y activa. En ambos supuestos, deberán acreditar haber llevado a cabo actividades dentro del ámbito de la cooperación y/o sensibilización, como mínimo, durante el año anterior al de la publicación de esta convocatoria.
Asimismo se exige:
— Memoria económica.
— Compromiso escrito de que la delegación de la asociación en las islas atenderá directamente las demandas de información y documentación que pueda requerir la Dirección General de Cooperación y estará dispuesta a dar cuenta permanente de la marcha de los proyectos financiados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los objetivos que deben establecer los proyectos presentados son:

a) Informar a la población en general sobre la realidad de los países empobrecidos.
b) Incluir la educación por la paz como eje transversal.
c) Promover el diálogo intercultural para prevenir el racismo.
d) Generar actitudes y valores de solidaridad y justicia con los pueblos del mundo, de respeto a los Derechos Humanos y de cultura de la paz.
e) Promover la calificación de los cooperantes de las Illes Balears mediante de acciones formativas.
f) Facilitar la participación de entidades de las Illes Balears en su coordinación con otras entidades estatales e internacionales de prevención de conflictos, de defensa de los derechos humanos o de sensibilización sobre temas específicos.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán cumplir estos requisitos:

a) Tener como fines institucionales expresos, según sus estatutos, la realización de proyectos y actividades relacionados con la cooperación en el desarrollo, la sensibilización ciudadana o el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
b) Estar legalmente constituida y disfrutar de capacidad jurídica y de actuar. Será necesario que la constitución legal de la entidad y su presencia efectiva en las Illes Balears se hayan producido como mínimo dos años antes de la publicación de esta convocatoria.
c) Disponer de la organización y de la estructura técnica necesarias para garantizar el cumplimiento de sus objetivos y acreditar la experiencia en cooperación y la capacidad operativa necesarias mediante la memoria de actividades.
d) Estar al corriente de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y, en el caso de las fundaciones, aportar un certificado que acredite que se está al corriente de sus obligaciones contables con el protectorado.
e) Haber justificado la inversión de ayudas de cooperación al desarrollo y las ayudas para acciones de sensibilización, educación y formación concedidas en ejercicios anteriores, siempre que no se trate de proyectos en ejecución.
f) En el caso de entidades que tengan proyectos financiados de alguna convocatoria anterior y que todavía se encuentren en ejecución, haber justificado los retrasos o demoras, en su caso.
g) No estar sometida a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas ni a ningún procedimiento sancionador.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 188
Documento: Convocatoria Descargar Documento