Subvenciones para ejecutar proyectos de Cooperación al desarrollo en países empobrecidos y acciones humanitarias.

Código de ayuda:

S29164/04

Norma:

Resolución de 23 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La Orden de la Consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB nº. 137, de 2 de octubre), contiene las bases que regulan las subvenciones que regirán en materia de cooperación al desarrollo, sensibilización, relaciones y solidaridad con otros pueblos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Presidencia y Deportes (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

I. Proyectos de cooperación al desarrollo que se ejecuten en países empobrecidos del resto del mundo, y también de elaboración de prospecciones o estudios previos sobre estos tipos de proyectos.
Las solicitudes de subvenciones no pueden superar el 80% del coste total del proyecto.

II. Proyectos de ayudas de emergencia y acciones humanitarias.
Las solicitudes para ayudas de emergencia pueden ser del 100% del coste del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

I. Proyectos de cooperación al desarrollo que se ejecuten en países empobrecidos del resto del mundo, y también de elaboración de prospecciones o estudios previos sobre estos tipos de proyectos.
a) Las entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro de las Illes Balears. Tendrán la sede en las Illes Balears.
b) Las asociaciones del Estado español que tengan delegación permanente y activa en las Illes Balears.

II. Proyectos de ayudas de emergencia y acciones humanitarias.
Las entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

I. Proyectos de cooperación al desarrollo que se ejecuten en países empobrecidos del resto del mundo, y también de elaboración de prospecciones o estudios previos sobre estos tipos de proyectos.
a) Trabajar para un desarrollo endógeno y participativo, en que las principales protagonistas sean las poblaciones beneficiarias y sus organizaciones, para reforzar así el tejido social tanto de los países y de las zonas con las que se coopera, como el de las Illes Balears.
b) Incidir especialmente en los sectores sociales que con la Cooperación pueden asumir su propio desarrollo y ser un motor de desarrollo en su país.
c) Dar apoyo especialmente a las acciones que multipliquen los efectos de desarrollo generados desde la gestión local.
d) Reforzar el trabajo de las organizaciones democráticas locales comprometidas con el desarrollo de sus comunidades y con el respeto a los derechos humanos.
e) Generar condiciones de sostenibilidad ambiental.
f) Introducir cambios cualitativos en las condiciones de vida de los sectores sociales en riesgo.

II. Proyectos de ayudas de emergencia y acciones humanitarias.
Satisfacer las necesidades básicas urgentes y las necesidades de protección de los derechos fundamentales provocadas por catástrofes naturales, guerras o conflictos armados, epidemias, desabastecimiento de materias primas esenciales, u otras circunstancias orientadas a salvar la vida de personas afectadas.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 187
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 21/04/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 61
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento