Subvenciones para ejecutar programas de incremento de eficiencia energética en el sector industrial y en la cogeneración, en el marco del Convenio de colaboración con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energia (IDAE) - Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S55028/09

Norma:

Resolucion de 8 de julio de 2009. Orden de 15 de mayo de 2008. Resolución de 18 de mayo de 2010. Resolución de 29 de abril de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar actuaciones encaminadas a la mejora energética en las Islas Baleares en el sector industrial y en la cogeneración, para los siguientes programas:

Programa 1. Ayudas para inversión en ahorro energético en el sector industrial.

Programa 2. Ayudas para inversión en cogeneración no industrial.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Programa 1:
La cuantía de la subvención de la auditoría energética es del 75 % del presupuesto con un máximo de 2.000 euros.

- Programa 2:
La cuantía de la subvención del estudio de viabilidad es del 75% del presupuesto con un máximo de 3.000 euros.

El importe máximo de subvención por beneficiario no será superior a 35.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Programa 1: las empresas privadas de carácter industrial incluidas en las divisiones 2 a 4 y 971.1 del índice del impuesto sobre actividades económicas (IAE), así como, en general, aquéllas otras cuya actividad principal sea la transformación o modificación de productos o bienes. La empresa beneficiaria ha de tener un consumo total de energía primaria superior a 50 TEP/año (toneladas equivalentes de petróleo al año), y se excluye el sector de producción y transformación de la energía en régimen general.

- Programa 2: las personas jurídicas de derecho privado y empresas privadas de carácter no industrial, no incluidas en las divisiones 2 a 4 y 971.1 del índice del impuesto sobre actividades económicas (IAE), las agrupaciones de personas jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Programa 1. Ayudas para inversión en ahorro energético en el sector industrial.
Las inversiones para sustituir equipos e instalaciones consumidores de energía por equipamientos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible con el fin de reducir el consumo energético. Tienen que conseguir un mínimo de ahorro potencial en energía primaria del 20%.

- Programa 2. Ayudas para inversión en cogeneración no industrial.
Las inversiones en la construcción de plantas de cogeneración de alta eficiencia en el sector terciario y no industrial que permitan disminuir el extracoste de inversión con relación a otras cogeneraciones en los sectores industriales más tradicionales, con beneficios equivalentes con respecto a ahorro de energía
primaria y emisiones de CO2, incluso con costes más reducidos de combustibles.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 72
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 109
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 27/05/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 12/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 70
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento