Subvenciones para determinadas actuaciones de las previstas en la submedida 8.5.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S48628/16

Norma:

Orden de 19 de febrero de 2015. Palma, 20 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de enero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen como fin dar apoyo a las inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales y bosques.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda será el 100 % del coste subvencionable. De este importe el FOGAIBA pagará la parte cofinanciada del Estado y del FEADER, la cantidad restante la aportará la entidad beneficiaria a través de su presupuesto.

2. La cuantía de la subvención de ayuda será del 51,91% del coste de la actuación subvencionable.

3. En ningún caso el importe de la ayuda podrá superar el coste de la actividad que se realizará.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria los organismos públicos o de titularidad pública regulados en la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la comunidad autónoma de las Islas Baleares que en el momento de presentación de la solicitud o en un momento posterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Conversión de la estructura del bosque para la mejora de su funcionalidad, siempre que sean actuaciones structurales de mejora de la composición vegetal del bosque hacia especies con mayor interés ecológico.

No serán auxiliables los trabajos de mantenimiento propios de los ciclos forestales.

Replantaciones forestales de especies autóctonas previstas en la Resolución de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio publicada en el BOIB nº 23, de 16 de febrero de 2013.

Infraestructuras para uso recreativo y uso público, como por ejemplo creación de senderos e instalaciones recreativas a pequeña escala, señalización, mesas informativas, refugios y miradores.

Conservación y gestión de recursos naturales que fomenten la compatibilización de las actividades forestales con la mejora del funcionamiento ecológico de los ecosistemas.

Acciones para la protección de los hábitats y la biodiversidad, la erradicación de especies invasoras, etc.

Acciones de actualización y desarrollo de los planes de gestión.

Requisitos:

a) Tener como fin la realización de todas o parte de las actuaciones subvencionadas mediante esta convocatoria.

b) Tener financiación proveniente de fondos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares en un mínimo del 48,09% para realizar las actuaciones objeto de ayuda. Este requisito podrá acreditarse antes de que se dicte la propuesta de resolución.

c) Tener al menos un 30% de los puntos previstos en el apartado séptimo de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras 2015 Descargar Documento
Boletín: 22/12/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 160
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/12/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 160
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento