Subvenciones para desarrollar proyectos que fomenten la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia contra las mujeres, especialmente en materiade trata, explotación sexual y mujeres en contexto de prostitución, y se aprueba la primera convocatoria. Linea I.
Código de ayuda:
S25273/25Norma:
DECRETO 83/2025, de 22 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de septiembre de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 6.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto es realizar la convocatoria para el ejercicio 2025 de las subvenciones destinadas a asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para el desarrollo de proyectos dirigidos a la promoción de la igualdad y la participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género.Categorías Subvención
Empleo
Formación
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Recursos Humanos
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Presidencia de la Junta (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima a subvencionar será de 6.000 €.No obstante, cuando el número de proyectos que obtengan la puntuación mínima sean superiores al crédito disponible, se procederá, en virtud de lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al prorrateo, entre las entidades beneficiarias de la subvención, del importe global del crédito previsto en la convocatoria para esta línea de ayudas.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, que promocionen la igualdad y la participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género, que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4.1 del presente decreto.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Acciones dirigidas a la sensibilización, prevención, detección, intervención y/o atención integral en casos de las violencias ejercidas contra las mujeres y sus hijos e hijas.2. Acciones dirigidas a la promoción de la salud mental y física de las mujeres, con especial atención a la perspectiva de género en la salud, la prevención de enfermedades, la mejora de la calidad de vida y la autonomía. En el ámbito deportivo, se promoverá la participación y visibilidad de las mujeres en el deporte, eliminando barreras y fomentando la igualdad de oportunidades.
3. Acciones dirigidas a atraer, desarrollar, estimular y visibilizar el talento científico femenino, reduciendo así la brecha de género en estos campos, así como las acciones dirigidas al desarrollo de estudios de investigación con perspectiva de género.
4. Acciones que fortalezcan el asociacionismo femenino, fomentando el trabajo en red entre entidades y promoviendo el relevo intergeneracional para garantizar su continuidad y ampliar la participación social de las mujeres, así como impulsar iniciativas de emprendimiento femenino, a la inserción social de la mujer y de fomento del acceso a profesiones tradicionalmente masculinizadas junto con la mejora de las
condiciones laborales en los sectores ampliamente feminizados.
5. Acciones que fortalezcan la cultura, la historia y la identidad regional desde una perspectiva de género, impulsando el papel de las mujeres en la conservación y transmisión del patrimonio cultural, especialmente en el ámbito rural. Asimismo, se desarrollarán acciones para visibilizar y poner en valor el legado de referentes femeninos en la historia y la cultura, rescatando su contribución al desarrollo social, artístico y cultural.
Requisitos:
a) Tener en sus estatutos como finalidad la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las asociaciones y federaciones han de estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su epígrafe 2 (Mujeres, Igualdad de trato y no discriminación) al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran.b) Las agrupaciones de asociaciones de mujeres habrán de estar constituidas, al menos, por dos asociaciones, y cumplir cada una de ellas los requisitos establecidos en los apartados 1 y 3 de este artículo.
c) Sólo se podrá ser beneficiario de estas ayudas, bien como asociación, bien como integrante de agrupaciones, o federaciones de asociaciones.
Documentos asociados
Boletín:
08/08/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 153
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 153
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Boletín:
08/08/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 153
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Línea 1 Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 153
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Línea 1 Descargar Documento
Boletín:
08/08/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 153
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 153
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento