Subvenciones para desarrollar programas de Formación Profesional Dual en Régimen de Alternancia en centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco que imparten ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes al curso 2015-2016.

Código de ayuda:

S51400/15

Norma:

ORDEN de 9 de diciembre de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de enero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones para la financiación de gastos vinculados al desarrollo de tareas de tutorización del alumnado de formación profesional dual en régimen de alternancia dirigidos a la obtención de un título de formación profesional, a través de un proceso de aprendizaje desarrollado en alternancia entre el centro de formación y la empresa durante el curso 2015-2016 y autorizados por resolución del Viceconsejero de Formación Profesional.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones, las personas o entidades titulares de aquellos centros privados concertados que cumplan con los siguientes requisitos:

1.– Tener concertado algún ciclo formativo de formación profesional de grado medio o superior durante el curso 2015-2016.

2.– Tener aprobado y autorizado el programa de formación profesional dual en régimen de alternancia, elaborado conjuntamente entre el centro de formación profesional y la empresa participante, para el curso 2015-2016.

3.– No encontrarse sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con los dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

4.– Estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y Tributarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones que pueden ser objeto de subvención son los programas de formación profesional dual en régimen de alternancia, para el curso 2015-2016, que hayan sido elaborados conjuntamente entre los centros de formación profesional que tengan concertados ciclos formativos de formación profesional de grado medio o superior y las empresas participantes, y que hayan sido autorizados por el Viceconsejero de Formación Profesional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 83/2015, de 2 de junio, por el que se establece la Formación Profesional Dual en Régimen de Alternancia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 245
Documento: Convocatoria 2015/2016 y Anexos Descargar Documento