Subvenciones para deportistas de Castilla-La Mancha durante 2015.

Código de ayuda:

S16628/15

Norma:

Orden de 27/03/2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 5 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para los deportistas de Castilla-La Mancha durante 2015.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individual a conceder a los beneficiarios, que en ningún caso podrá ser superior a 3.000 euros, se modulará en función de la puntuación obtenida en los criterios de valoración y podrá alcanzar el 100% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los deportistas de Castilla-La Mancha que por sus resultados deportivos se encuentren entre los mejores de su modalidad y categoría.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la administración estatal como con la regional y frente a la Seguridad Social.

b) No estar incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad a lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha.

c) No estar incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) No encontrarse sujeta a sanción irme en vía administrativa por la comisión de una infracción en materia de dopaje impuesta por el órgano de disciplina deportiva o de lucha contra el dopaje, de carácter federativo o administrativo, de ámbito autonómico, estatal o internacional, al que se encuentre sujeto.

e) Aquellas personas nacidas en Castilla-La Mancha deberán tener el domicilio iscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha el día de la publicación de la presente Orden en el Diario Oicial de Castilla-La Mancha.

f) Aquellas personas no nacidas en Castilla-La Mancha deberán tener el domicilio iscal en Castilla-La Mancha con una antigüedad, al menos, de tres años, contados desde el mismo día de la publicación de la presente Orden en el Diario Oicial de Castilla-La Mancha.

g) Competir con licencia de una federación deportiva de Castilla-La Mancha. Excepcionalmente, por razones como puede ser el rendimiento deportivo, la Dirección General de Deportes, de manera motivada, podrá autorizar la inclusión en el programa a deportistas que, cumpliendo el resto de requisitos, no tengan licencia de una federación deportiva de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento