Subvenciones para dar apoyo a proyectos piloto y al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías.

Código de ayuda:

S45582/18

Norma:

Orden de 19 de febrero de 2015. Palma, 29 de agosto de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar los proyectos piloto y el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Fogaiba) (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La intensidad de la ayuda es del 60% de los gastos elegibles, que podrá incrementarse en 10 puntos porcentuales adicionales en los siguientes casos:

Si uno de los participantes es una agrupación de agricultores, cooperativa u organización interprofesional.

Si el proyecto se desarrolla en el sector hortofrutícola, lácteo, cárnico o de los frutos secos.

Si la producción está amparada por alguna de las marcas de calidad definidas en la medida 3.1. del Programa de Desarrollo Rural.

2. No obstante lo previsto en el punto anterior, la intensidad máxima de la ayuda para las inversiones subvencionables de las previstas en el artículo 45 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, será del 60%.

3. La ayuda máxima será de 200.000 € por expediente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Deben estar integrados por dos agricultores o más que cumplan los siguientes requisitos:

- Ser agricultor activo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1307/2013, de 17 de diciembre de 2013.

- Ser titular de una explotación agraria inscrita en el Registro Interinsular Agrario de las Islas Baleares (RIA).

- Deben comprometerse a ejercer la actividad agraria durante un mínimo de cinco años a partir de la fecha de concesión de la ayuda.

- Deben ajustarse a la definición de pequeña y mediana empresa.

Estos agricultores pueden estar integrados en una agrupación de productores agraria o en una cooperativa agrícola y, en dicho caso, el miembro del grupo o el propio grupo podrá ser la agrupación de productores, la cooperativa o el grupo cooperativo.

También pueden formar parte del grupo de cooperación los grupos de acción locales seleccionados al amparo de la medida 19 del Programa de Desarrollo Rural.

b) Deben disponer de un plan de cooperación para desarrollar las acciones previstas en el apartado cuarto de la Resolución, que debe ajustarse al modelo “Plan de cooperación”, incluido en el anexo I, que figura en la página web del FOGAIBA y debe cumplir los requisitos y tener el contenido mínimo previstos en la convocatoria.

c) Que obtengan, como mínimo, un 30% de la puntuación máxima posible prevista en el apartado séptimo de la Resolución.

d) Deben disponer de personal suficientemente formado y con la experiencia requerida para alcanzar los objetivos de la cooperación.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/09/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 01/09/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
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Boletín: 20/10/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 131
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