Subvenciones para convenios con entidades para la difusion cultural.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S06382/12

Norma:

ORDEN FORAL 17E/2012, de 13 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/03/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas a las entidades culturales de especial relevancia en el campo de las humanidades
que desarrollen de manera regular y periódica actividades difusión (conferencias, exposiciones, certámenes, investigación, congresos) en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra en el ejercicio 2012.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda para cada proyecto no podrá ser, en ningún caso superior al 70% del presupuesto aceptado. Por otra parte la cuantía de la ayuda no podrá exceder del 20% del presupuesto total asignado a esta convocatoria, en cuyo caso el proyecto quedará excluido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades culturales sin ánimo de lucro, que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Costes directos.

–Costes salariales y seguridad social del personal necesario para la realización del programa de actividades, incluyendo el que presta servicios en la entidad beneficiaria y aquellos otros que pudieran contratarse para tal fin. En el primer caso se imputarán al programa las partes proporcionales del tiempo efectivamente dedicado al proyecto.

–Gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal. de las personas contratadas para el desarrollo de las actividades.

–Gastos derivados de la contratación de medios externos, tales como alquileres de equipos y medios materiales y otros dirigidos a la realización de las acciones del proyecto.

–Gastos de publicidad del programa de actividades.

En el caso de adquisición de bienes de equipo inventariables, para la puesta en práctica del proyecto objeto de subvención, se considerará gasto subvencionable la amortización de los mismos en la proporción
que sea imputable al proyecto, atendiendo a los criterios generales de contabilidad.

b) Costes indirectos.

Dentro de los costes indirectos se incluyen tanto los gastos generales, imputables a varias de las actividades que desarrolla el beneficiario como los gastos fijos que sin ser imputables a una actividad concreta, son necesarios para que la actividad subvencionada se lleve a cabo.

Requisitos:

a) Ser una entidad cultural sin ánimo de lucro.

b) Ser una entidad legalmente constituida antes del 1 de enero de 2011.

c) Tener domicilio social y fiscal en Navarra.

No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre,
de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/02/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento