Subvenciones para conexión a Internet de alta velocidad y adquisición de ordenadores Plan Cantabria en Red-2007.

Código de ayuda:

S02737/07

Norma:

Orden HAC/1/2007, de 2 de enero.

Plazo de Solicitud:

A partir del 1º de febrero de 2007 hasta el 2 de abril de 2007.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a ciudadanos de Cantabria por la contratación de una conexión nueva a Internet mediante Banda Ancha sólo o junto con la adquisición de ordenador, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de fomentar la disponibilidad de acceso a la sociedad de la información a través de Internet en los hogares de Cantabria.

En atención a sus características específicas y conforme a lo establecido en los artículos 16.1 y 23.2.a) de la
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, esta convocatoria incluye las bases reguladoras de la subvención.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención, será de 150 euros para la Modalidad A y 450 euros para la Modalidad B de las establecidas en el artículo 6 de las presentes bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los ciudadanos de Cantabria con plena capacidad de obrar, que tengan su domicilio fiscal en Cantabria desde el año 2006 y que cumplan los requisitos y obligaciones recogidos en la presente Orden.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad A)
La contratación de un servicio de conexión nueva a Internet mediante Banda Ancha durante un año, en domicilio destinado a vivienda ubicada en la Comunidad Autónoma de Cantabria, conforme a las condiciones establecidas en las presentes bases y convocatoria.

Modalidad B)
La contratación de un servicio de conexión nueva a Internet mediante Banda Ancha durante un año, en
domicilio destinado a vivienda ubicada en la Comunidad Autónoma de Cantabria, junto con la adquisición de un ordenador o equipo informático nuevo, con capacidad para su conexión a Internet, con las características técnicas mínimas señaladas en la convocatoria y conforme a las condiciones establecidas en las presentes bases.

No serán subvencionables las conexiones, instalaciones o adquisiciones realizadas en locales o dependencias dedicadas a la prestación de servicios o actividades profesionales o empresariales, ni aquellas realizadas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOC.

Para ser objeto de subvención los ordenadores o equipos informáticos adquiridos deberán reunir, como
mínimo, las siguientes características:

- SOBREMESA O PORTÁTIL: Identificable con marca y número de serie:
- Procesador: Cualquiera de los procesadores homologados para las plataformas PC o MAC con una velocidad igual o superior a 1,4 GHz. (PC) o su equivalente en MAC.
- Memoria: 512 MB.
- Disco duro: 60 Gb.
- Software Sistema Operativo: Original WINDOWS/LINUX/MC OS.

Requisitos:

Para la Modalidad A:
a) Contratar e instalar en su domicilio en la Comunidad Autónoma de Cantabria un servicio o conexión nueva a Internet de Banda Ancha en las condiciones establecidas, a partir de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria y permanecer conectado durante un año, como mínimo, a contar desde la fecha de la solicitud.
b) Que ningún miembro de los que componen la unidad familiar, incluido el solicitante, se haya dado o se dé de baja de una conexión a Internet mediante Banda Ancha, previamente contratada, durante el año 2007.
c) No ser beneficiario por otra solicitud de subvención en convocatoria regulada por las presentes bases.
d) No estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 12.2 Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y más concretamente hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
e) Cumplir con todos los requisitos exigidos y aceptar las condiciones y la subvención.

Para la Modalidad B:
a) Todas las anteriores exigidas para la modalidad A.
b) Adquirir un ordenador nuevo a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOC hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes, que cumpla con las características mínimas establecidas y mantener la posesión o titularidad del mismo durante al menos un año desde la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2007
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 5
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento