Subvenciones para compensar las pérdidas de las salas de exhibición cinematográfica de Cataluña por su cierre forzoso a causa de las medidas establecidas con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Código de ayuda:

S02755/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/204/2021, de 1 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/558/2021, de 25 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/557/2021, de 25 de febrero.

Plazo de Solicitud:

hasta el 29 de marzo de 2021. Pérdidas marzo/abril 2020: Hasta el 1 de abril de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para
compensar las pérdidas del 14 al 30 de marzo de 2020 de las salas de exhibición cinematográfica de Cataluña
por su cierre forzoso a causa de las medidas establecidas con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será equivalente al 65% del rendimiento de taquilla de la sala de exhibición
cinematográfica que haya facturado más de 3.000,00 euros durante el periodo de referencia que se establezca
en la convocatoria o al 100% del rendimiento de taquilla de la sala de exhibición cinematográfica que haya
facturado menos de 3.000,00 euros durante el periodo de referencia establecido en la convocatoria. En
cualquier caso, la cuantía máxima de la subvención será de 50.000,00 euros por cada sala de exhibición
cinematográfica.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a estas subvenciones las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, y las entidades privadas sin ánimo de lucro que gestionen una sala de exhibición cinematográfica en Cataluña y que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionados por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, en la sección de exhibición cinematográfica o audiovisual.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8333
Documento: Bases específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 08/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8359
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 11/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8362
Documento: Convocatoria 2021: pérdidas del 31 de marzo al 14 de abril de 2020 Descargar Documento