Subvenciones para compensar a las empresas, asociaciones empresariales y otras entidades por los gastos derivados de la realizacion de practicas profesionales no laborales de trabajadores desempleados.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S45228/13Norma:
ORDEN 11032/2013, de 12 de diciembre. Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/12/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2013, subvenciones para compensar a las empresas, a las asociaciones empresariales y a otras entidades por los gastos derivados de la realización, en sus centros de trabajo, o en los de sus asociados, miembros o colaboradores, de prácticas profesionales no laborales por los trabajadores destinatarios de esta actuación, de conformidad a las bases reguladoras establecidas en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Empleo, Turismo y Cultura (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El máximo de horas a subvencionar por trabajador en prácticas profesionales no laborales será de mil (1.000 horas/trabajador en prácticas) y el mínimo de horas susceptibles de ser subvencionadas será de trescientas (300 horas/trabajador en prácticas).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas con centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, las asociaciones empresariales y otras entidades cuyos asociados, miembros o colaboradores dispongan de centros de trabajo ubicados, igualmente, en la Comunidad de Madrid, que hubieren acogido o acojan en el año 2013 trabajadores en prácticas profesionales y que cumplan, además, los requisitos incluidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los costes laborales del tutor designado por la empresa en proporción al tiempo dedicado a sus tareas.b) El importe del seguro que cubre los accidentes y demás riesgos de los trabajadores en prácticas.
c) Los gastos de uniformidad obligatoria, vestuario y equipamiento de seguridad de los trabajadores en prácticas.
Documentos asociados
Boletín:
18/03/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
13/12/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 296
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 296
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento