Subvenciones para co-marketing II en la promoción de Mallorca como destino turístico.

Código de ayuda:

S50446/20

Norma:

Resolución de 22 de septiembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de octubre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 120.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria, pública y abierta, es el fomento de actuaciones destinadas a la promoción turística de Mallorca en los mercados de habla alemana, mercados británico e irlandés, países nórdicos, nacionales, francés, italiano, Benelux, ruso, ucraniano y suizo, además del resto de mercados con conectividad directa mediante una colaboración público privada, para unir esfuerzos y conseguir un mayor
impacto en las campañas de publicidad e incrementar los canales de promoción.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los interesados se pueden presentar además de una línea de la convocatoria pero la cuantía máxima subvencionable es de 120.0000 € por empresa. La cuantía subvencionada no podrá superar en ningún caso el 50% del proyecto subvencionable, el cual se tendrá que justificar totalmente en el momento de la justificación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A) Pueden ser beneficiarios de la subvención las personas físicas, o jurídicas, estatales o internacionales, cuya actividad principal sea:

1. Para las líneas 1 y 2 los beneficiarios podrán ser:

a Agencias de viajes y operadores turísticos

b Agrupaciones de agencias de viajes y consorcios de agencias de viajes

c Plataformas turísticas en línea (agencias de viaje en línea - OTA, metabuscadores, bancos de camas (bedbanks), plataformas de contenidos de viajes.

2. Para la línea 3 los beneficiarios podrán ser:

a Compañías navieras con conexiones con Mallorca

b Creadores de contenidos promocionales turísticos de Mallorca

c DMC's de Mallorca (Agencias turísticas integradoras locales)

d Cualquier tipo de alojamiento turístico reglado que quiera hacer una campaña de marketing de su alojamiento o alojamientos en Mallorca

B) Es un requisito estar de alta de actividades económicas que se acreditará con la presentación del certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT del año en curso.

C) No pueden tener la condición de beneficiarios las personas o entidades en las cuales se presenta alguna de las circunstancias previstas en el artículo 8.2, 8.3 o 8.4 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca o artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones o campañas publicitarias que pueden ser objeto de subvención son:

a) Publicidad fuera de internet (off-line): campañas de contenidos en suplementos en diarios o revistas nacionales e internacionales, revistas especializadas, prensa generalista, revistas divulgativas, revistas especializadas, en medios de comunicación como televisión, radio, entre otros.

b) Publicidad en línea: campañas de promoción en los canales en línea, como son en páginas web, microsites, acciones especiales, publicidad nativa, entre otros.

c) Publicidad exterior: opis, mupis, taxis, metro, autobuses, marquesinas, entre otros.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 166
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento