Subvenciones para ayuntamientos y asociaciones empresariales de carácter territorial para impulsar y crear las áreas de promoción económica urbana (APEU) en los polígonos de actividad económica (PAE).

Código de ayuda:

S22291/22

Norma:

ORDEN EMT/63/2022, de 7 de abril. RESOLUCIÓN EMT/829/2023, de 6 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:00 horas del 14 de setiembre de 2023 o hasta agotar el presupuesto para estos conceptos.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las condiciones y el procedimiento de concesión de subvenciones a los ayuntamientos y las asociaciones empresariales de carácter territorial para impulsar y crear las áreas de promoción económica urbana (APEU) en los polígonos de actividad económica (PAE), de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/2020, de 22 de diciembre, de las áreas de promoción económica urbana (DOGC núm. 8303, de 24.12.2020), modificada por el Decreto ley 3/2021, de 12 de enero (DOGC núm. 8315, de 14.1.2021).Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones para los ayuntamientos y las asociaciones empresariales de carácter territorial para impulsar y crear las áreas de promoción económica urbana (APEU) en los polígonos de actividad económica (PAE).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial
  • Corporaciones Locales
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 145.000,00 euros, con cargo a las
partidas presupuestarias siguientes del presupuesto de la Dirección General de Industria para el año 2023:

Para ayuntamientos, un importe máximo de 45.000,00 euros, con cargo a la partida IU1501 D/460000100/6220.

Para asociaciones empresariales de carácter territorial con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro, un importe máximo de 100.000,00 euros, con cargo a la partida IU1501 D/482000100/6220.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de Catalunya y las asociaciones empresariales de carácter territorial con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro con sede en Catalunya y con más de cinco años de actuación ininterrumpida en el ámbito donde se quiere aplicar la creación de una APEU.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos subvencionables serán todos aquellos necesarios para poder crear e impulsar la APEU en el PAE
hasta el momento de su aprobación por parte de las personas titulares de los derechos de posesión de acuerdo con lo previsto en los artículos 6 y 35.2 de la Ley 15/2020, de 22 de diciembre, modificada por el Decreto ley 3/2021, de 12 de enero.

Forman parte de los gastos elegibles los trabajos necesarios para:

a) La delimitación del perímetro objeto de la APEU, con un importe máximo de 1.000,00 euros.

b) La memoria justificativa que acredita la necesidad de su creación y justificación, con un importe máximo de 2.000,00 euros.

c) La identificación de las actividades económicas existentes en el perímetro delimitado, con el detalle del sector de actividad (código CCAE de 4 dígitos), la titularidad de la persona que ejerce su derecho de posesión y la superficie construida que consta en el Catastro, con un importe máximo de 5.000,00 euros.

d) La elaboración del plano del perímetro delimitado, con toda la información necesaria descrita en el artículo 6.c) de la Ley 15/2020, de 22 de diciembre, modificada por el Decreto ley 3/2021, de 12 de enero, con un importe máximo de 1.000,00 euros.

e) La elaboración del plan de actuación, que incluirá su presupuesto, con especial incidencia en la justificación del interés general y de acuerdo con el artículo 9.2 de la Ley 15/2020, de 22 de diciembre, modificada por el Decreto ley 3/2021, de 12 de enero, con un importe máximo de 6.000,00 euros.

f) La definición de los estatutos de la entidad gestora, con un importe máximo de 1.000,00 euros.

g) La propuesta de convenio con el ayuntamiento, con un importe máximo de 1.000,00 euros.

h) La organización de jornadas y actuaciones detalladas de sensibilización a la comunidad empresarial para impulsar la creación de la APEU en el PAE, con un importe máximo de 3.000,00 euros.

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8646
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 14/03/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8874
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 14/03/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8874
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento