Subvenciones para ayudas a Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S13673/04

Norma:

Resolución de 5 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios que durante el año 2004 presten servicio de asesoramiento técnico y/o jurídico a sus asociados y promuevan actividades de interés para la defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Otras

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sanitarios (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y entidades inscritas en el Registro de Asociaciones de consumidores y usuarios del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes programas y actividades:
1. Servicios de asesoramiento técnico y/o jurídico al consumidor, siempre que dispongan de local abierto al público durante, al menos, cuatro horas diarias en jornada laboral, y dispongan de personal técnico adecuado, que deberá tener contrato laboral y estar dado de alta en la Seguridad Social.

2. La realización de programas específicos de actuación sobre alguno de los puntos siguientes:
a) Campañas de información y orientación sobre los derechos de los consumidores y usuarios, realizadas a través de cualquier medio o soporte.
b) Actividades relacionadas con la formación y educación de los consumidores organizadas por la propia asociación.
c) Campañas para promover el asociacionismo de los consumidores y usuarios, así como actos destinados a su expansión y consolidación.
d) Programas que desarrollen proyectos encaminados a fomentar la representatividad y participación de las asociaciones en aquellos órganos que las Leyes prevén.

3. La asistencia de los miembros de las asociaciones a cursos de formación técnica en materia de consumo.

4. La organización de cursos básicos o de especialización en materia de consumo.

5. La participación de las asociaciones en actividades relacionadas con el Sistema Arbitral de Consumo.

6. Gastos de mantenimiento de la entidad.

7. Gastos por celebración de actos estatutarios.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 14/05/2004
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 111
Documento: Convocatoria Descargar Documento