Subvenciones para asociaciones y colectivos juveniles del Concejo de Gijon año 2008.

Código de ayuda:

S09282/08

Norma:

Concejo de Gijon.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto la concesión de ayudas/subvenciones económicas, mediante concurrencia competitiva, a Asociaciones y Entidades sin animo de lucro, juveniles o que desarrollen programas para la juventud, o agrupaciones de éstas, del Concejo de Gijón, para
el desarrollo de actividades y programas de interés general relativo a la juventud durante el año 2008.

Se consideran programas o actividades de interés general, a los efectos de la presente convocatoria, los que a continuación se detallan:

A. Los proyectos que potencien la participación de la juventud en las asociaciones y la percepción por parte de la sociedad del papel de la juventud en la mejora de la vida social y ciudadana y la profundización en los valores de la democracia y la ciudadanía activa.
B. Ayudas para mantenimiento. En este apartado se contemplarán prioritariamente ayudas a asociaciones juveniles de nueva creación considerando como tales a aquellas que se hayan constituido como asociación con posterioridad al 21 de marzo de 2007 (fecha de finalización de plazo de la convocatoria de subvenciones a asociaciones juveniles realizada por la FMCE y UP en el año anterior, publicada en el BOPA 25 de enero de 2007).
C. Publicaciones periódicas de carácter juvenil. En este apartado se contemplan las ayudas a aquellas asociaciones o entidades juveniles que, en su mayoría con gran esfuerzo tanto económico como personal, editan periódicamente publicaciones de diverso contenido de interés para jóvenes. Para optar a estas ayudas será requisito imprescindible presentar, junto con la solicitud y demás documentación exigida en es tas Bases, ejemplar/es de la publicación, si ya estuviera editada, o bien el plan de publicaciones previsto para el presente año, en el que deberán hacerse constar las posibilidades de financiación.
D. Proyectos especiales. Se podrán solicitar ayudas de carácter excepcional, para proyectos cuya complejidad exija un tratamiento singular por su duración, temática e interés para el concejo de Gijón.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía global de la presente convocatoria para el ejercicio 2.008, asciende a 75.100 € (setenta y cinco mil cien euros), que se financia con cargo a la partida presupuestaria D52.465.00.489.20 “Otras transferencias. Juventud” del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Gijón correspondiente al ejercicio 2008.

Las ayudas consistirán en una subvención económica para financiar los gastos corrientes de los proyectos seleccionados y serán compatibles con otras financiaciones.

El importe de la subvención o ayuda, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el coste de la actividad o proyecto a desarrollar por el beneficiario.

La concesión de subvención no genera derecho alguno en la percepción de la misma en futuras convocatorias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las Asociaciones y Entidades sin animo de lucro, juveniles o que desarrollen programas de interés general para la juventud, del Concejo de Gijón.

Para ser beneficiarias de las ayudas o subvenciones, las Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.—Estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Gijón.
2.—No estar incursas las personas jurídicas o las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas en alguno de los supuestos de prohibición, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el art. 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (B.O.E. 18-11-03)
3.—Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de no ser deudor del Ayuntamiento de Gijón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, liquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la propuesta de acuerdo de la concesión, salvo que la cuantía de las subvenciones que perciba del Ayuntamiento, no exceda de 3.000 €/año, en cuyo caso quedan exoneradas de acreditar dicha obligación formal, siendo suficiente como medio de acreditación la declaración responsable de este requisito en el modelo de solicitud adjunto a estas bases.
La presentación de la solicitud de Subvención por parte del interesado, conllevará la autorización expresa a consultar la información correspondiente de la Agencia Estatal y Autonómica de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social. No obstante el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento para dicha consulta, en cuyo caso deberá aportar en el momento que se le requiera las certificaciones
acreditativas oportunas.
4.—Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos.
5.—Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la Base IV de esta Convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 33
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento