Subvenciones para apoyo en la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural de Asturias.

Código de ayuda:

S15946/18

Norma:

Resolución de 3 de abril de 2018. Resolución de 25 de junio de 2018. Resolución de 11 de octubre de 2018. Resolución de 11 de abril de 2019. Resolución de 9 de octubre de 2019. Resolución de 20 de agosto de 2020. Resolución de 30 de septiembre de 2020. Resolución de 2 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de octubre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 8.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural asturiano.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Educación y Ciencia
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total de la convocatoria: 50.000,00 euros.

La cuantía máxima de la ayuda no podrá exceder de 8.000 € (en ningún caso se subvencionarán actuaciones y proyectos por encima del 80% del presupuesto subvencionable).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar estas subvenciones cualquier persona física así como personas jurídicas, centros o instituciones de gestión e investigación arqueológica, que reuniendo los requisitos para recibir autorización para la ejecución de actividades arqueológicas establecidos en los artículos 88 y 89 del Decreto 20/2015, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, además de los del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los acredite conforme se establezca en la correspondiente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las excavaciones arqueológicas, en el subsuelo o subacuáticas, entendidas como las remociones de tierra y el análisis de estructuras realizados con metodología científica, destinadas a descubrir e investigar toda clase de restos históricos, así como los contextos geomorfológicos y paleoambientales relacionados con la historia del hombre y sus orígenes.

b) Las prospecciones arqueológicas, entendidas como las exploraciones superficiales, aéreas o subacuáticas, realizadas con metodología científica y técnicas tanto convencionales como geofísicas, fotografía aérea o drones, dirigidas a la localización y el estudio o examen de datos para la detección de los elementos a que se refiere la letra a) de este apartado.

c) Los muestreos arqueológicos, entendidos como extracciones de muestras en yacimientos y estructuras.

d) Los análisis arqueológicos de estructuras emergentes, entendidos como la actividad dirigida a la documentación e interpretación estratigráficas de las estructuras arquitectónicas alzadas que forman parte de un inmueble.

e) Los estudios de arte rupestre, incluyendo los trabajos destinados a la documentación gráfica y plástica de las manifestaciones artísticas y soporte de los motivos representados.

f) Estudios y tratamiento de materiales arqueológicos recuperados en las excavaciones tales como cerámica, metales, materiales óseos humanos o faunísticos u otros.

g) Las labores imprescindibles de protección y consolidación que sean necesarias por la ejecución del proyecto y actuaciones objeto de la subvención.

h) Cualesquiera otras actuaciones que, con remoción del terreno o sin ella, tengan por finalidad descubrir, documentar, investigar o proteger bienes integrantes del patrimonio arqueológico e impliquen la intervención sobre ellos o en su entorno.

Documentos asociados

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