Subvenciones para apoyar todo tipo de proyectos culturales en el ambito de la literatura, el comic y el pensamiento.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00655/13

Norma:

Resolución de día 18 de diciembre de 2012. Orden de 1 de julio de 2009. Resolución de 20 de diciembre de 2013. Resolución de 8 de enero de 2015. Resolución de día 17 de abril de 2015. Palma, 5 de junio de 2015. Resolución de 11 de marzo de 2016. Resolución del 31 de enero de 2017. Resolución de 15 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de octubre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a la divulgación de producciones culturales de carácter profesional en el ámbito de la literatura, el cómic y el pensamiento relacionadas con las Illes Balears e impulsar, en todos los ámbitos, sus creadores y sus obras, mediante la realización de actividades y acciones durante el periodo comprendido entre los días 1 de diciembre de 2014 y de 30 de noviembre de 2017.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Instituto de Estudios Baleáricos (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo anual que se concede por solicitante es de diez mil euros (10.000 €) para las editoriales y cinco mil euros (5.000 €) para las entidades de administración local de las Illes Balears o los organismos públicos que dependen.

El máximo subvencionable por solicitud es de 5.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, a pesar de no tener personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o las actividades que estén en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Las empresas editoriales o las personas físicas que actúen como editores deben demostrar su condición a través del alta de su actividad económica o del registro como editor en el Ministerio de Educación y Cultura.

También pueden solicitar subvenciones en calidad de beneficiarios las entidades de administración local de las Illes Balears y los organismos públicos que dependen cuando, entre sus objetivos y finalidades, esté la cultura en general, o determinados aspectos culturales en particular.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Apoyo a la creación. Con el fin de fomentar la creación en el ámbito de la literatura, el pensamiento y el cómic, el IEB dará apoyo a la edición de obras -tanto en formato papel como digital- y a publicaciones periódicas dedicadas a la literatura, el cómic y el pensamiento a través de una línea de subvenciones pública de concurso.

Se incluyen los gastos derivados de la edición de obras de ficción, cómic y pensamiento. Serán beneficiarios aquellos solicitantes que acrediten su condición de editores con residencia fiscal en las Illes Balears y las entidades de administración local de las Illes Balears o los organismos públicos que dependen que presenten una propuesta de edición de obras de creación literaria, cómic pensamiento que se ajuste a las bases.

b) Apoyo a la promoción de la literatura, el cómic y el pensamiento dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: apoyo a la organización de actividades y acciones de promoción de obras y autores de las Illes Balears dentro del territorio de la Comunidad Autónoma a través de una línea de subvenciones públicas de concurrencia.

Se incluyen los gastos derivados de la organización de actividades de promoción de obras o autores de las Illes Balears dentro del territorio, como: vuelos, hoteles, honorarios, edición de material gráfico, etc. No son objeto de esta convocatoria los honorarios o los gastos de desplazamiento del organizador.

Serán beneficiarios los profesionales del sector del libro (editores, representantes, libreros o la entidad organizadora del acto) con domicilio fiscal en las Illes Balears y que presenten una propuesta de promoción que se ajuste a las bases.

c) Apoyo a la promoción de la literatura, el cómic y el pensamiento fuera de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: apoyo a la organización de actividades; a la movilidad de los autores, estudiosos, editores o traductores; a la traducción de dossieres, materiales de difusión o fragmentos de obras con finalidad promocional; y otras acciones de promoción de obras y autores de las Illes Balears que se ajusten a las bases de la línea de subvenciones públicas de concurrencia.

Se incluyen dentro de este apartado los gastos de transporte de personas y carga, estada, honorarios, traducción y edición de material, etc. imputables a la organización de actividades de promoción de la literatura, el cómic y el pensamiento de las Illes Balears; la participación en ferias, festivales, encuentros profesionales, congresos, jornadas y otras actividades públicas de difusión de la lengua, literatura y cultura; la traducción de dossieres, materiales de difusión o fragmentos de obras con finalidad promocional; y otras acciones de promoción de obras y autores de las Illes Balears que se ajusten a las bases.

Serán beneficiarios los profesionales del ámbito de la edición (editores, representantes, libreros), la entidad organizadora del acto), los escritores, ilustradores, estudiosos y los traductores que presenten una propuesta de promoción que se ajuste a las bases.

En el caso de las solicitudes de ayuda para realizar una prueba de traducción, éstas pueden ser solicitadas por el autor, el editor, el agente literario o el traductor. En el caso de ser el solicitante el traductor, la subvención se considerará justificada mediante la presentación del trabajo y la relación de editoriales a quienes se ha enviado la prueba. El IEB se reserva el derecho que utilizar dicha prueba y difundirla para promover la obra.

d) Apoyo a la traducción y edición de obras de ficción, de cómic y de pensamiento.

Son objeto de subvención los gastos de traducción y edición de obras relevantes de ficción, cómic y pensamiento para dar a conocer por todo el mundo el patrimonio artístico, cultural y literario de las Illes Balears.

Serán beneficiarios los editores que traduzcan y editen la obra de un autor isleño que presenten un compromiso de publicación y plan de distribución en el país o países en la lengua de los cuales se solicita la traducción, plan de promoción y plan de financiación de la obra.

En el caso de las subvenciones para traducción y edición fuera del territorio, no son beneficiarios los traductores literarios, aunque pueden actuar como solicitantes siempre que demuestren su relación contractual con la empresa editorial en nombre de quien actúan.

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/01/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 3
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 19/03/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 02/01/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 1
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/01/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 7
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 25/04/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 61
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 20/06/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 91
Documento: Suspensión Ayudas 2015 Descargar Documento
Boletín: 17/03/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 35
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/02/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 17
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/06/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 76
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento