Subvenciones para apoyar las inversiones que favorezcan la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológico de las industrias culturales y creativas de las Illes Balears.

Código de ayuda:

S61828/21

Norma:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Orden de 1 de julio de 2009. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre. Resolución de 25 de noviembre de 2021. Resolución de 29 de julio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar las inversiones que favorezcan la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológico de las
industrias culturales y creativas de las Illes Balears.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB) (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito asignado a esta convocatoria es de 300.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas dadas de alta en el régimen de autónomos y las personas jurídicas de los sectores de las artes escénicas, la música, el audiovisual, las artes visuales y el mundo del libro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los gastos siguientes:

Adquisición de maquinaria idónea para el desarrollo de las industrias culturales y creativas que esté directamente relacionada con la actividad que constituye el objeto social de la empresa destinada a las industrias culturales y creativas.

Adquisición de maquinaria para instalar en el centro de trabajo de la entidad solicitante y que esté directamente relacionada con la actividad que constituye el objeto social de la empresa destinada a las industrias culturales y creativas.

Adquisición de equipamiento técnico y audiovisual (como focos, mesas y equipamiento de sonido, mesas de luces, cajas de inyección, proyectores, cámaras de vídeo, cicloramas y micrófonos).

Adquisición de tecnología de la información y la comunicación (ordenadores, tablets, teléfonos móviles, etc.); se subvencionará hasta un máximo de siete dispositivos.

Adquisición de impresoras, impresoras 3D y fotocopiadoras.

Adquisición de licencias de uso de software.

Diseño de páginas y entorno web.

Adquisición e instalación de accesorios y/o instalaciones técnicas en espacios de exhibición culturales.

Instalación o mejora de la climatización y/o la renovación del aire en espacios de exhibición cultural.

Adquisición de gradas, tarimas y asientos.

Adquisición de tramoyas, trapería y carpas o similares.

Adquisición de elementos de almacenamiento de utensilios físicos (percheros de barra, cajas de transportes, etc)

Adquisición de alumbrado de emergencia y generadores para espacios de exhibición cultural.

Adquisición de material necesario para cumplir con la normativa vigente sanitaria relacionada con la COVID-19 vinculado a los espacios de exhibición cultural.

Cualquier otra adquisición que, de forma indudable, responda a la naturaleza de la convocatoria y resulte estrictamente necesaria y/o que se destine al objeto de estas bases.

Requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de la propuesta de resolución.

c) Estar establecidas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y, en el momento de la solicitud de la ayuda, tener un establecimiento operativo permanente en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, o acreditar que el 50 % de los contratos laborales o servicios contratados se han efectuado en el último año en las Illes Balears.

d) Estar de alta en un epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) vinculado a, como mínimo, uno de los sectores culturales siguientes: las artes escénicas, la música, el audiovisual, las artes visuales o el mundo del libro.

e) Que el objeto social principal de la entidad sea el de las artes escénicas, la música, el audiovisual, las artes visuales o el mundo del libro.

f) Cumplir con los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

g) Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en los apartados 6 y 7 de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 276
Documento: Ley 38/2003 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 196
Documento: Decreto legislativo 2/2005 Descargar Documento
Boletín: 11/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/11/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 164
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 20/08/2022
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 110
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento