Subvenciones para apoyar la traduccion, adaptacion, localizacion e incrustacion de subtitulos de largometrajes, cortometrajes y documentales en cualquier formato, originales en lengua catalana, castellana o bilingues (catalan/castellano y otro idioma) producidos en las Illes Balears durante los años 2013 y 2014.

Código de ayuda:

S00628/13

Norma:

Resolución de día 18 de diciembre de 2012. Orden de 1 de julio de 2009. Resolución de 20 de diciembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de octubre de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La traducción, adaptación, localización e incrustación de subtítulos de largometrajes, cortometrajes y documentales en cualquier formato, originales en lengua catalana, castellana o bilingües (catalán/castellano y otro idioma) producidos en las Islas Baleares durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de noviembre de 2014.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Instituto de Estudios Baleáricos (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo anual que se concede por solicitante es de seis mil euros (6.000 €). El importe máximo subvencionable por solicitud es de dos mil euros (2.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas de producción audiovisual y los profesionales autónomos con domicilio fiscal en las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) traducción, adaptación, localización e incrustación de subtítulos de largometrajes, cortometrajes y documentales en cualquier formato, originales en lengua catalana, castellana o bilingües (catalán/castellano y otro idioma) producidos en las Islas Balea res entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de noviembre de 2014.

- Los gastos subvencionables son únicamente los relativos a los costes de traducción, adaptación, localización e incrustación de subtítulos a otros idiomas de largometrajes, cortometrajes y documentales cinematográficos.

- Se subvencionarán los gastos de la traducción, adaptación, localización e incrustación a un máximo de tres lenguas.

No es objeto de la presente convocatoria el tiraje de copias.

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/01/2013
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