Subvenciones para apoyar la estrategia y acción internacional de las pymes de la Comunitat Valenciana con cargo al presupuesto del ejercicio 2025, con financiación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Código de ayuda:
S12900/25Norma:
RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2025. ORDEN 20/2016, de 19 de octubre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de junio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente resolución es convocar la concesión de subvenciones a las pymes de la ComunitatValenciana para la mejora de la gestión de la internacionalización a través de procesos de consultoría especializada en los diferentes ámbitos de la internacionalización, incluido el servicio de apoyo o acompañamiento por parte de personal experto en cualquier fase del proceso de internacionalización con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2025.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 193/2024, de 23 de diciembre, del Consell, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos de la Generalitat para 2024, hasta la entrada en vigor de los presupuestos para 2025, en el presupuesto prorrogado de gastos 2024 para el ejercicio 2025 del IVACE, se encuentra consignado, en la línea presupuestaria S1018, Apoyo a la estrategia y acción internacional de la Comunitat Valenciana, por un importe de 3.000.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas las pymes con sede social en la Comunitat Valenciana que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y cumplan con el resto de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden 20/2016, de 19 de octubre.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Consultoría estratégica para la definición o revisión de la estrategia exportadora de la empresa, consultoría estratégica sobre digitalización de la actividad internacional (incluyendo marketing digital, canales on-line de comercialización en el exterior, inteligencia artificial aplicada a la internacionalización, etc.) y/o consultoría estratégica dirigida al diseño, desarrollo y posicionamiento de la marca en los mercados internacionales.b) Consultoría estratégica sobre compra pública internacional.
c) Consultoría estratégica para la adopción de prácticas que promuevan los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), circunscritas a procesos de internacionalización.
d) Consultoría estratégica o contratación de servicios profesionales necesarios para la constitución de filial o sucursal de la empresa en el exterior (asesoramiento legal, fiscal y/o laboral, RRHH, o inmobiliario, entre otros).
e) Consultoría estratégica sobre cualquier otro aspecto no reflejado en los puntos anteriores, especializado de la internacionalización de las empresas, como aquella asociada a la financiación internacional, logística, etc. que deberán ser justificados por la empresa en la memoria a aportar a IVACE en la fase de solicitud.
f) Servicios de apoyo o acompañamiento externo de carácter periódico o puntual, excluyendo expresamente
servicios retribuidos por comisiones por venta por parte de expertos/as en cualquier fase del proceso de
internacionalización (export manager externo, Community manager para mercados internacionales, servicios de seguimiento de los planes resultantes de las consultorías realizadas con anterioridad, tramitaciones ante autoridades extranjeras, etc.).
Requisitos:
a) Requisitos materiales: las ofertas deberán estar suficientemente detalladas, especificando los servicios que deben realizarse y su precio, y deberán ser comparables en su contenido.b) Requisitos formales: las ofertas deberán contener todos los datos identificativos (incluyendo fiscales) de la empresa prestadora de los servicios, estar fechadas y firmadas con certificado digital válido, junto con el logo o el sello de la entidad.
Documentos asociados
Boletín:
25/10/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7903
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
15/05/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10108
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10108
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
15/05/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10108
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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