Subvenciones para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears durante el año 2022.

Código de ayuda:

S39828/22

Norma:

Resolución de 13 de junio de 2022. Orden de 1 de julio de 2009. Resolución del 17 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de julio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears durante el año 2022.

Los centros de creación tienen por objeto acompañar a los artistas en la investigación, creación y producción artística dentro de los ámbitos de las artes escénicas, la música, las artes visuales, las artes audiovisuales y la literatura.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Instituto de Estudios Baleáricos (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Son beneficiarios de las subvenciones:

a) Las personas físicas dadas de alta en el régimen de autónomos y las personas jurídicas de los sectores de las artes escénicas, las artes visuales, la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración, la música y las artes audiovisuales, digitales e interactivas, que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Los beneficiarios deben estar dados de alta en el censo tributario y/o el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector cultural o bien deben tener como objeto social el desarrollo de actividades de carácter profesional en el sector cultural.

b) Las personas jurídicas de los sectores de las artes escénicas, las artes visuales, la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración, la música y las artes audiovisuales, digitales e interactivas que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que estén en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Los beneficiarios de las subvenciones deben dedicarse profesionalmente a la gestión de un espacio que fomente la creación, la formación de artistas, la investigación o producción artísticas dentro de los ámbitos de las artes escénicas, la música, las artes visuales, las artes audiovisuales, la literatura y los proyectos multidisciplinares.

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/06/2022
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 79
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 18/06/2022
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 79
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/12/2022
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 164
Documento: Modificación Descargar Documento