Subvenciones para actuaciones en ahorro, eficiencia energética, cogeneración y energías renovables.

Código de ayuda:

S06537/06

Norma:

ORDEN EYE/313/2006, de 2 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas en esta convocatoria tienen por objeto las actuaciones que se lleven a cabo en materia de ahorro, eficiencia energética, cogeneración y energías renovables.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Empresas, PYMES, o Asociaciones de éstas, trabajadores por cuenta propia en régimen de autónomos, agrario o ganadero.
b) Corporaciones Locales o Provinciales.
c) Comunidades de Propietarios y Asociaciones o Entidades sin Ánimo de Lucro.
d) Personas Físicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán subvencionarse las actuaciones que se ejecuten desde el 1 de enero de 2006 hasta el 15 de octubre de 2006, incluidos dentro de las líneas que se indican a continuación:
Línea I. Ahorro, Eficiencia Energética y Cogeneración.
Línea II. Energías Renovables.

El gasto subvencionable es el indicado por el usuario en la solicitud de subvención, descontando en su caso, los gastos o costes que a continuación se indican:
a) Aquellas partidas de las actuaciones presentadas, cuyo objetivo sea la adaptación de instalaciones a la normativa reglamentaria en materia de ahorro energético.
b) Los gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión.
c) El IVAsatisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados, y en general, cualquier impuesto pagado por los beneficiarios.
d) Los gastos realizados en equipos usados.
e) Los gastos y costes de adquisición de terrenos.
f) Los gastos relativos a la elaboración de proyectos, certificados de dirección facultativa y pago de tasas municipales, es decir, los gastos de ingeniería y legalizaciones.
g) Los gastos o costes que no estén claramente definidos así como los gastos no imputables directamente a la actuación subvencionada.
h) Cuando el beneficiario sea una Empresa, Asociación de empresas o Trabajador por cuenta propia en régimen de autónomos, agrario, ganadero, al gasto subvencionable se le descontará el ahorro económico simple acumulado durante los cinco primeros años de vida de la actuación.
En este cálculo no entran en consideración los posibles incrementos de la capacidad de la instalación o las producciones accesorias adicionales durante el mismo período de cinco años.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 47
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/04/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 66
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento