Subvenciones para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece su convocatoria por anticipado de gasto para el año 2024.

Código de ayuda:

S00673/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de febrero de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la mejora de la infraestructura turística de la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la incentivación para la mejora de las infraestructuras de los establecimientos de alojamiento turístico y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento TU503A). En concreto, son actuaciones subvencionables las que se realicen en cualquiera de los siguientes tipos de establecimientos turísticos:

a) Los establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos y albergues turísticos, de acuerdo con el artículo 55.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre.

b) Los restaurantes incluidos en el grupo I del artículo 77 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, debidamente inscritos y clasificados en el REAT.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Turismo de Galicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y que tengan autorizado o clasificado, conforme establezca la normativa turística, en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT), el establecimiento turístico para el cual se solicita la ayuda, en base a los artículos 50 y 51 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 17/01/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/01/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento