Subvenciones para actuaciones de desarrollo y de marketing turístico realizadas por asociaciones turísticas, entes locales y consorcios turísticos derivadas del Plan Estratégico de Turismo, durante el año 2019.

Código de ayuda:

S28055/19

Norma:

RESOLUCIÓN 129E/2019, de 3 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de subvenciones a las asociaciones turísticas, entes locales y consorcios turísticos, en relación con las actuaciones que realizan dichas entidades en materia organización de eventos o propuestas de dinamización turística, asistencia a ferias, acciones de promoción o comunicación, formación y gestión.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Turismo y Comercio (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las subvenciones contempladas en la presente convocatoria las siguientes entidades sin ánimo de lucro:

1. Los consorcios turísticos con domicilio en Navarra que estén debidamente inscritos en el Registro de Turismo de Navarra a 1 de enero de 2019.

Pueden optar a recibir subvención por las acciones que presenten en cualquiera de los apartados contemplados en la presente convocatoria.

2. Los entes locales de Navarra que pueden optar a recibir subvenciones por las acciones que planteen bajo los siguientes apartados:

• A.–Organización de eventos turísticos.

3. Las asociaciones turísticas con domicilio en Navarra que consten debidamente inscritas en el Registro de Turismo de Navarra a 1 de enero de 2019 y que, en función del tipo de componentes de su asociación, pueden optar a recibir subvenciones por unas u otras acciones contempladas en la convocatoria. En este sentido, a los efectos de esta convocatoria, se distinguen las siguientes modalidades de asociaciones turísticas:

3.a) Asociaciones turísticas empresariales, entendiendo por tales aquellas que cuenten con una participación de cuando menos 100 integrantes (personas físicas o jurídicas) titulares de establecimientos inscritos en el Registro de Turismo de Navarra o, en el caso de asociaciones más pequeñas, cuando más del 50% de sus integrantes sean titulares de establecimientos o empresas inscritas en el Registro de Turismo de Navarra.

A estos efectos se considerará, igualmente, a aquellas asociaciones o federaciones compuestas por entidades que cumplan con las condiciones arriba señaladas.

Las asociaciones turísticas empresariales pueden optar a recibir subvenciones por las acciones que presenten dentro de los siguientes apartados:

• A.–Eventos turísticos.

• B.–Asistencia a ferias y presentaciones.

• C.–Material de difusión, campañas de publicidad, marketing online y web.

• D.–Acciones de formación.

• E.–Gestión de asociaciones turísticas, si la asociación está compuesta por más de 20 y menos de 100 integrantes (personas físicas o jurídicas) titulares de establecimientos inscritos en el Registro de
Turismo de Navarra.

3.b) Asociaciones turísticas formadas por entidades locales y empresas turísticas, entendiendo por tales aquellas que cuenten con la participación de las entidades locales de su ámbito de actuación y de titulares de establecimientos inscritos en el Registro de Turismo de Navarra.

Pueden optar a recibir subvenciones por las acciones que presenten dentro de los apartados:

• A.–Eventos turísticos.

• B.–Asistencia a ferias y presentaciones.

• C.–Material de difusión, campañas de publicidad, marketing on line y web.

• D.–Acciones de formación.

• E.–Gestión de asociaciones turísticas, si la asociación está compuesta por más de 20 y menos de 100 integrantes (personas físicas o jurídicas).

3.c) Asociaciones turísticas cuyos componentes mayoritariamente pertenecen a sectores de actividad económica no regulados por normativa turística o estén formados por personas particulares. Dichas asociaciones deberán, en cualquier caso, cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

–Estar conformadas por, cuando menos, 20 integrantes.

–Contar entre sus miembros asociados con un porcentaje superior al 10% de empresas turísticas.

–Contar, entre sus miembros asociados, con entidades locales de su ámbito de actuación.

Dichas entidades pueden optar a recibir subvenciones por las acciones que presenten dentro del siguiente apartado:

• A.–Eventos turísticos.

Tanto la inscripción en el Registro de Turismo de Navarra de consorcios y asociaciones turísticas como su composición, serán verificadas de oficio por el órgano gestor de la convocatoria con los datos que, al efecto, constan en el Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio, en la fecha de presentación de la solicitud.

Cualquier modificación sobre los mismos, para ser tenida en consideración, deberá comunicarse junto con la solicitud en el impreso y con el formato que a tal efecto se establece en Registro de Turismo http://www. navarra.es/home_es/servicios/ficha/4126/registro-de-turismo pudiendo el órgano gestor pedir información adicional al respecto.

La entidad podrá, igualmente y en cualquier momento, confirmar con la administración los datos de su entidad. En caso de no hacerlo con anterioridad al plazo de presentación de la solicitud prevalecerán, a todos los efectos, los datos de que dispone la administración.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento