Subvenciones para actividades que fomenten el Turismo.

Código de ayuda:

S48737/05

Norma:

Convocatoria de 22 de agosto de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se considerarán actividades prioritarias de interés turístico, a los efectos de la presente convocatoria, las que se hayan iniciado, o se hubiesen mantenido y ejecutado en el ejercicio 2005 y que por sus características hayan dinamizado y puesto en valor los recursos turísticos del concejo de Villaviciosa, siempre que tengan un carácter de continuidad en el tiempo.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Villaviciosa (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, no pudiendo exceder en ningún caso de 6.000,00 euros ni del 70% del gasto realizado por cada solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Aquellas asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran actividades turísticas a financiar:
1.—Actividades de promoción y fomento del turismo que hayan servido para dinamizar la recuperación, rehabilitación o reconstrucción del patrimonio histórico cultural, en especial el patrimonio denominado arte asturiano (prerrománico y románico) que existe en el concejo de Villaviciosa, o haya servido para valorizar este patrimonio a efectos turísticos.
2.—La realización de actividades con trascendencia y relevancia en el propio ejercicio pero con proyección de futuro, tratando de evitar la subdivisión de las cuantías económicas, de la subvención convocada, en fracciones de cantidades monetarias mínimas o escasas, que llevarían a distorsionar la propia convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 04/10/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 230
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento