Subvenciones para actividades musicales profesionales.

Código de ayuda:

S36264/05

Norma:

ORDEN de 24 de mayo 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/09/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las condiciones de otorgamiento de subvenciones para actividades musicales profesionales que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2005.

La presente convocatoria comprende las siguientes modalidades de ayuda:
a) Ayudas a proyectos de composición musical.
b) Ayudas a proyectos de producción musical.
c) Ayudas a giras musicales.
d) Ayudas a proyectos empresariales de difusión musical.
e) Ayudas para la participación en ferias musicales.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El máximo total de las aportaciones económicas procedente de las distintas Administraciones Públicas no podrá, en ningún caso, superar el 70% del coste del proyecto presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas reguladas en esta convocatoria quienes cumplan los siguientes requisitos generales:
– Modalidad de composición musical:
Personas físicas, nacidas en el País Vasco, o con vecindad administrativa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la fecha en que surta efectos la presenta convocatoria.
– Para el resto de modalidades será imprescindible el cumplimiento de los dos siguientes requisitos:
a) Ser personas físicas o jurídico-privadas cuyo domicilio o sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi o, en caso contrario, que el proyecto presentado contemple el apoyo a la producción o difusión de obras de músicos nacidos o residentes en el País Vasco.
b) Estar dado de alta, a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes, en el correspondiente epígrafe del impuesto de actividades económicas y en el caso de las personas jurídicas tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades musicales.

Documentos asociados

Boletín: 21/06/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento